ACUERDO 84/2014, de 11 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la Expropiación Forzosa que precisa el Ayuntamiento de Trigueros del Valle (Valladolid), para la ejecución del proyecto: 'Ampliación del Cementerio'.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyAcuerdo

El Ayuntamiento de Trigueros del Valle (Valladolid) ha iniciado expediente de expropiación forzosa de bienes y derechos afectados por las obras a que da lugar la ejecución del Proyecto «Ampliación del Cementerio», solicitando la declaración de urgencia de la ocupación.

El proyecto de obra fue aprobado definitivamente mediante acuerdo del Pleno de fecha 27 de octubre de 2014, cuyo presupuesto asciende a 24.460,99 €.

La relación de bienes y propietarios afectados por el proyecto ha sido sometida al trámite de información pública mediante su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia» número 172, de 25 de julio de 2014, en diarios de la provincia, habiéndose resuelto las alegaciones formuladas mediante acuerdo del Pleno de fecha 27 de octubre de 2014.

Consta en el expediente certificación relativa a la oportuna retención de crédito, con cargo al ejercicio en que se prevea la conclusión del expediente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa dada por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre.

La Corporación Local justifica la declaración de urgente ocupación tal y como se señala en el informe técnico aportado, en que «Dadas las circunstancias que concurren en la actualidad sobre la situación del cementerio, se reseña que no existe terreno para efectuar nuevos enterramientos, lo cual impide la creación de nuevas sepulturas, y en consecuencia el Ayuntamiento no puede prestar el obligatorio servicio público de cementerio.

Esta situación unida a la inexistencia de un acceso a este cementerio, desde un vial público (carretera), obligan a tramitar este expediente de expropiación con carácter urgente, conforme establece el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

A su vez, la necesidad de ocupación de los terrenos para la ejecución del preceptivo estudio hidrogeológico para emitir informe hidrogeológico preceptivo de manera previa a la ejecución de las obras, conforme al artículo 38 del Decreto 16/2005 de 10 de febrero, por el que se regula la Policía Sanitaria Mortuoria en la Comunidad de Castilla y León, impide que actualmente pueda realizarse dado que son de propiedad privada y que resulta urgente la ocupación de los mismos para poder realizar estos trabajos.

Es doctrina consolidada del Tribunal Supremo, refundida por este órgano judicial en la Sentencia de 3 de diciembre de 1998, que la declaración de urgencia, como concepto jurídico indeterminado, tiene unas connotaciones de excepcionalidad en la Ley...

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