ACUERDO 31/2019, de 16 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el área de regeneración urbana del «Barrio de Chinchibarra» (Salamanca).

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyAcuerdo

La Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 2 los principios generales de la política de vivienda que, al servicio de sus ciudadanos, debe presidir la acción de las Administraciones públicas de Castilla y León en dicha materia; entre ellos se encuentran el de la garantía de la calidad, habitabilidad, uso y diseño de la vivienda, libre de ruido y otras inmisiones contaminantes, emplazada en un entorno urbano adecuado y accesible a las personas con algún tipo de discapacidad y el de la conservación y mantenimiento del patrimonio inmobiliario de Castilla y León mediante la actuación rehabilitadora.

Dichos principios se hacen efectivos en la Ley a través de su artículo 81 cuando se establece, como una de las actuaciones protegidas, tanto la rehabilitación de edificios y viviendas como las áreas de regeneración y renovación urbana en los términos que se fije en la normativa de desarrollo.

Por otra parte el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018 - 2021, establece entre sus objetivos el de mejorar la calidad de la edificación, y, en particular, su conservación, eficiencia energética, accesibilidad universal y sostenibilidad ambiental, así como la de contribuir a la reactivación del sector inmobiliario desde el apoyo a la rehabilitación de viviendas, edificios y la regeneración urbana y rural.

En este sentido, el capítulo VIII del citado Real Decreto regula el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural cuyo objeto es la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación de edificios o viviendas en sustitución de edificios o viviendas demolidos, dentro de ámbitos de actuaciones denominados áreas de regeneración urbana o rural previamente delimitados.

En este contexto, el Ayuntamiento de Salamanca en el año 2018 solicitó la declaración como Área de Regeneración Urbana. Desde dicha fecha se ha ido incorporando al expediente la documentación precisa para adaptarla tanto a la Ley 7/2014, de 12 de septiembre, como al vigente Plan Estatal de Vivienda. El ámbito del Área de Regeneración Urbana se encuentra contenido en el Plan Especial de Reforma Interior que, a los efectos de planificar las actuaciones de regeneración urbana, se ha redactado.

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