ORDEN EDU/70/2009, de 20 de enero, por la que se acuerda el cese y nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/70/2009, de 20 de enero, por la que se acuerda el cese y nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de León.

La Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, establece en su artículo 25.1 que el Consejo Social de la Universidad estará integrado, además de por su Presidente, por veintinueve miembros, entre los que necesariamente estarán el Rector, el Secretario General y el Gerente, con la condición de miembros natos, así como un profesor, un estudiante y un representante del personal de administración y servicios elegidos por el Consejo de Gobierno de la Universidad de entre sus miembros. El resto serán designados entre personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social, que no podrán ser miembros de la propia comunidad universitaria, a propuesta de las Organizaciones e Instituciones que en él se detallan.

Por su parte, el artículo 26.2 de la Ley 3/2003, de 28 de marzo, recoge como causas de cese de los miembros de los consejos sociales, entre otras, la renuncia, la revocación de la propuesta que sirvió de base al nombramiento y la pérdida de la condición o cargo que conlleve su pertenencia a aquel. De acuerdo con el artículo 26.3 la renuncia se comunicará por escrito al Presidente del Consejo Social, estableciendo el apartado 4 de dicho artículo que la revocación se comunique a la Consejería competente con la propuesta de nuevo nombramiento.

Mediante Orden EDU/716/2008, de 6 de mayo, se acordó el cese y nombramiento de los miembros del Consejo Social de la Universidad de León. Con posterioridad se han comunicado, por el Presidente del Consejo Social de la Universidad de León las renuncias formuladas por dos vocales, se ha propuesto revocar el nombramiento de otro vocal, designado a propuesta de las centrales sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad y se ha comunicado la pérdida de la condición de miembro del Consejo de Gobierno de otro, procediendo asimismo el nombramiento de sus sustitutos.

De conformidad con los artículos 25.2, 26 y 27 de la citada Ley, el nombramiento de los miembros del Consejo Social se realizará por la Consejería competente en materia de Universidades y se publicará en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León,

RESUELVO Primero. Cesar a los siguientes miembros del Consejo Social de la Universidad de León:

D...

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