ORDEN HAC/2073/2009, de 19 de octubre, por la que se concede autorización para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León a la entidad Caixa Catalunya

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE HACIENDA ORDEN HAC/2073/2009, de 19 de octubre, por la que se concede autorización para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León a la entidad Caixa Catalunya.

La Orden HAC/1450/2005, de 28 de octubre, por la que se regula la prestación del servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León por las entidades de depósito establece que corresponde al titular de la Consejería de Hacienda otorgar la autorización a que se refiere su artículo primero a solicitud de las entidades interesadas.

Atendiendo a las previsiones de esta Orden y una vez examinada la solicitud presentada por la entidad Caixa Catalunya, valorado el cumplimiento de las condiciones técnicas para la transmisión de la información y el grado de implantación en el territorio de la Comunidad; a propuesta de la Dirección General de Tributos,

RESUELVO: Autorizar a la entidad CAIXA D'ESYALVIS DE CATALUNYA con C.I.F. G 08169115 para prestar el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Castilla y León con arreglo a lo establecido en la Orden HAC/1450/2005, de 28 de octubre, por la que se regula la prestación del servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León por las entidades de depósito y a lo dispuesto en la normativa sobre recaudación.

Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente y con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 19 de octubre de 2009.

La Consejera de Hacienda,

Fdo.: MARÍA DEL PILAR DEL OLMO MORO CONSEJERÍA DE FOMENTO ORDEN FOM/2074/2009, de 26 de octubre, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, del Fallo de la...

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