ORDEN de 31 de marzo de 2000, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan las actividades formativas incluidas en el Plan de Formacion Continua de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el segundo trimestre de 2000.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

ORDEN de 31 de marzo de 2000, de laConsejería de Educación y Cul tura, por la que se convocan las actividades formativas incluidas en el Plan de Formacion Continua de la Administración de laComuni dad de Castilla y León para el segundo trimestre de 2000.

En una sociedad que exige servicios públicos de calidad, las Administraciones y los empleados públicos deben trabajar con eficacia y con rigor, buscando soluciones adecuadas a las necesidades y problemas de un mundo en constante transformación.

La innovación, la introducción de nuevas tecnologías y el desarrollo de conocimientos y técnicas avanzadas, hacen necesaria una formación continuada para dar respuesta a las demandadas de nuestra sociedad, y para asegurar el máximo rendimiento de los recursos que los contribuyentes ponen en nuestras manos.

Con este fin, el 23 de diciembre de 1996 se firma el 2.º Acuerdo de Formación Continua en las AdministracionesPúblicas con una vigencia de cuatro años, entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónonas, la Federación Española de Municipios y Provincias y las Organizaciones Sindicales UGT, CCOO, CSI-CSIF y CIG, según el cual la Formación Continua debe estructurarse en Planes de Formación que se financian a través de las cotizaciones de Formación Profesional de los trabajadores.

Dentro de este marco, la Comisión General para la Formación Continua en las AdministracionesPúblicas, aprobó en su reunión del día 23 de marzo de 2000, el Plan de Formación Continua de la Administración de laComunidad de Castilla y León para 2000, que va a permitir la multiplicación de las actividades de formación que se vienen realizando para los empleados públicos de esta Administración de acuerdo con la programación anual de cursos.

Con este Plan de Formación se pretende ampliar la oferta formativa en aquellas materias más demandadas por los solicitantes de los cursos y satisfacer las necesidades de la Administración y sus empleados, sobre todo en aquellas áreas específicas de personal funcionario y laboral de Cuerpos, Escalas y Categorías Profesionales insuficientemente contempladas en el Plan General de Formación.

Todo ello, con el objetivo general de conseguir la mejora de la eficiencia de los servicios que prestan al ciudadano, incidiendo directamente en un mejor desempeño del puesto de trabajo de los participantes.

En consecuencia, de conformidad con las atribuciones conferidas en el Decreto 275/1993, de 18 de noviembre, por el que se articula la distribución de competencias en materia de personal de la Administración de Castilla y León, previo informe de laComisión de Formación Continua de esta Administración, esta Consejería convoca actividades formativas incluidas en el Plan de Formación Continua de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el segundo trimestre de 2000 conforme a las siguientes,

BASES:

Primera. Objeto.

1.1. Se convocan las acciones formativas cuyas características y contenidos se detallan en el Anexo I de esta Orden, a desarrollar en las fechas que se indican en el mismo.

1.2. Asimismo, se relacionan en el Anexo III los cursos que se convocarán en el segundo semestre del año.

Segunda. Acceso a los cursos.

2.1. Podrán acceder a los cursos convocados por esta Orden los empleados públicos que reúnan los requisitos establecidos en el Anexo I, excepto el personal docente procedente del reciente traspaso de competencias en materia de enseñanza no universitaria que dispondrá de su propia y exclusiva convocatoria.

2.2. Se podrá reservar hasta un 75% de las plazas para el personal no docente procedente del reciente traspaso de competencias en materia de educación no universitaria.

2.3. En ningún caso se podrá participar en un curso si se ha hecho previamente otro de características similares.

2.4. La selección de los participantes se realizará de acuerdo con los requisitos, las preferencias y el baremo de méritos especificados en el Anexo I.

Tercera. Solicitudes.

3.1. Los interesados que aspiren a participar en alguno de los cursos convocados en el Anexo I, deberán solicitarlo conforme el modelo de instancia que se publica como Anexo IIde la presente Orden, siempre que reúnan los requisitos exigidos para participar en las correspondientes acciones formativas.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, debiendo incluir cumplimentado el informe o propuesta del Jefe del Servicio, Responsable de Unidad o Centro Directivo de destino del solicitante.

Cuarta. Valoración de solicitudes.

4.1. El control sobre los criterios de selección fijados para cada acción formativa corresponderá a un Grupo de Trabajo formado por representantes de la Secretaría General de laConsejería deEducación y Cultura y de laDirección General...

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