ORDEN EDU/1082/2011, de 26 de agosto, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

La base 10.1 de la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que mediante Orden de la Consejería de Educación se procederá a nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados que no estén exentos de la realización de la fase de prácticas o que, estando exentos, hayan optado por incorporarse a las mismas.

Una vez publicada la Resolución de 19 de julio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se anuncia la fecha de exposición de la lista de aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Nombramiento de funcionarios en prácticas.

1.1. Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Inspectores de Educación, a los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición convocado por la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, que figuran relacionados en el Anexo I de la presente Orden, con asignación del Número de Registro Personal y la indicación de la provincia a la que están adscritos para la realización de la fase de prácticas.

1.2. Asimismo, nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes relacionados en el Anexo II que, estando exentos de su realización, han optado por incorporarse a las mismas, si bien quedan eximidos de su evaluación.

1.3. Todos los aspirantes que figuran en los Anexos de la presente Orden, tanto los que se encuentran exentos de su realización como los que se incorporen a la fase de prácticas, aparecen relacionados por orden de puntuación el cual será tenido en cuenta a efectos de su primera participación en el próximo concurso de traslados al que están obligados a concurrir con carácter forzoso.

Segundo.- Exención de la fase de prácticas.

En virtud de la base 9.2 de la Orden ADM/370/2010, de 17 de marzo, se encuentran exentos de la realización de la fase de prácticas los aspirantes seleccionados que han acreditado haber prestado servicios como Inspector Accidental de Educación, al menos, durante un curso escolar, que se relacionan en el Anexo III a la presente Orden. Estos aspirantes permanecerán en su Cuerpo de origen hasta que se proceda a la aprobación del expediente del procedimiento selectivo y su nombramiento como funcionarios de carrera...

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