ORDEN ADM/2065/2009, de 21 de octubre, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del Fallo de la Sentencia n.º 77/09, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 3 de Valladolid, dictada en el Procedimiento Abreviado n.º 104/2009, seguido a instancia de doña María Jesús Benito Pascual contra la Orden ADM/235/2009, de 4 de febrero

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2009, del Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, por la que se publica Acuerdo por el que se delegan competencias para la resolución del concurso ordinario convocado por Acuerdo del Pleno 44/2009, de 11 de junio.

El Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, en su sesión de 19 de octubre de 2009, adoptó el Acuerdo 99/2009, cuyo texto es el siguiente:

'De conformidad con el artículo 29 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, compete al Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, entre otras funciones en materia de personal, la convocatoria y resolución de los procedimientos de selección y provisión de puestos de trabajo.

Por Acuerdo 44/2009, de 11 de junio, el Pleno aprobó la convocatoria de concurso ordinario, que fue publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 26 de junio de 2009.

La terminación normal de estos procedimientos concursales es el acto de adjudicación de destinos a los concursantes con mejor puntuación para cada puesto solicitado, pero existen otras formas de terminación que afectan a uno o varios concursantes concretos por distintas causas, y cuya resolución demanda agilidad en bien de los concursantes afectados y de la claridad del proceso, lo que aconseja delegar la competencia para su resolución en un órgano unipersonal cual es el Presidente del Consejo.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y haciendo uso de la competencia para delegar que está atribuida a este órgano en el artículo 42.1.v) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas de Castilla y León, el Pleno del Consejo, adopta el siguiente ACUERDO Primero. Delegar en el Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León la competencia para resolver sobre cuantas cuestiones, sean de trámite o de terminación del procedimiento, afecten al concurso de méritos mencionado, con excepción de la resolución de adjudicación de destinos.

Segundo. Las resoluciones que se dicten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictadas por el Pleno.

Tercero. Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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