ORDEN FYM/885/2014, de 6 de octubre, por la que se aprueba el Mapa Estratégico de Ruido del municipio de Salamanca.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta de mapa estratégico de ruido del municipio de Salamanca y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Ayuntamiento de Salamanca somete el mapa estratégico de ruido del municipio al trámite de información pública, por un período de un mes, mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca» n.º 140, de 23 de julio de 2014. Durante este período no se han presentado alegaciones.

Segundo.- En sesión ordinaria celebrada el día 12 de septiembre de 2014, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Salamanca, aprueba la propuesta de mapa estratégico de ruido, que se denomina «Mapa Estratégico de Ruido de Salamanca 2012», y la remite a la Consejería competente en materia de medio ambiente en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19.4 de la Ley 5/2009, de 4 de junio.

Tercero.- Revisada la documentación remitida por el Ayuntamiento de Salamanca a esta Consejería, con fecha 2 de octubre de 2014, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático informa que el expediente del mapa estratégico de ruido del municipio de Salamanca se ha tramitado de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es el órgano competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en los Arts. 4.1.f. y 19.4 de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Segundo.- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Tercero.- Los mapas estratégicos de ruido son un elemento previsto por la Directiva sobre Ruido Ambiental encaminado a disponer de información uniforme sobre los niveles de contaminación acústica en los distintos puntos del territorio, aplicando criterios homogéneos de medición que permitan hacer comparables entre sí las magnitudes de ruido verificadas en cada lugar. Tienen por finalidad la evaluación global de la exposición

actual a la contaminación acústica de una determinada zona, de manera que se puedan hacer predicciones y adoptar planes de acción en relación con aquélla.

Se regulan estos instrumentos...

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