DECRETO 158/1997, de 31 de julio, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral de la Gerencia de Servicios Sociales.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 158/1997, de 31 de julio, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral de la Gerencia de Servicios Sociales.

La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, configura las Relaciones de Puestos de Trabajo como un instrumento de ordenación y adecuación de la estructura orgánica de la Administración hasta tal punto que, a tenor de la dicción del artículo 23.3, la aprobación de modificaciones en la estructura orgánica de las Consejerías exigirá la de las correspondientes Relaciones de Puestos de Trabajo.

Por otro lado, a través de las Relaciones de Puestos de Trabajo, se establecen las características esenciales para su provisión y desempeño y se ha de garantizar el necesario equilibrio entre los medios materiales y humanos asignados a cada programa de gasto de las distintas Consejerías.

En la actualidad la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Gerencia de Servicios Sociales, inmersa casi en su totalidad, en estructuras heterogéneas dada su distinta procedencia, está conformada con los puestos de trabajo objeto de la transferencia de competencias llevada a efecto por los RR.DD. 905 y 906 de 1995, por los puestos creados por Decreto 47/1996, de 7 de marzo, y por las modificaciones practicadas por Decreto 280/1996, de 19 de diciembre, Decreto 287/1996, de 26 de diciembre y Decreto 67/1997, de 26 de marzo.

Por otra parte, la reciente apertura y cierre de centros y/o ampliación de éstos a nuevos usuarios, así como la mejora de los servicios que se vienen prestando, demanda dotarlos de plantillas acordes a la nueva situación.

Todo ello y en especial la necesidad de incluir en un documento único, con una estructura y diseño homogéneos, que ponga fin a la dispersión actual, de todos los puestos de trabajo del Organismo Autónomo, aconsejan la aprobación de la presente R.P.T., que sin duda alguna redundará en una mayor eficacia y agilidad en la prestación de los servicios públicos a aquél encomendados, y ello sin perjuicio de que dicha R.P.T. deba ser actualizada una vez que concluya el periodo...

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