ORDEN EYE/582/2007, de 27 de marzo, por la que se aprueba inicialmente el Plan Parcial correspondiente al Parque Tecnológico de Burgos.

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/582/2007, de 27 de marzo, por la que se aprueba inicialmente el Plan Parcial correspondiente al Parque Tecnológico de Burgos.

El Decreto 49/2006, de 20 de julio, aprobó el Plan Regional de ámbito territorial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos.

El Plan Regional incluye entre sus determinaciones algunas de las previstas en el Título II de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, por lo que tal y como señala su Disposición Final Segunda , este Plan tiene la consideración de planeamiento urbanístico y corresponden a la ComunidadAutónoma las competencias propias de los municipios.

Para el desarrollo de dicha actuación, se ha remitido a esta Consejería el Plan Parcial correspondiente al Parque Tecnológico de Burgos.

El citado Plan contiene las determinaciones establecidas en el artículo 142 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero.

Con fecha 13 de marzo de 2007 se han solicitado los informes previos exigidos en el artículo 153 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

El artículo 154 del citado Reglamento prevé la aprobación inicial de los instrumentos de planeamiento urbanísticos, y el artículo 2.1 del Decreto 49/2006, de 20 de julio, atribuye a la Consejería de Economía y Empleo, la competencia para la elaboración y tramitación, en todas sus fases, excepto la aprobación definitiva, de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanísticos previstos en el Plan Regional.

En su virtud,

DISPONGO:

Primero. Aprobar inicialmente el Plan Parcial correspondiente al Parque Tecnológico de Burgos, promovido por Gesturcal, S.A.

Segundo. Abrir un período de información pública de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 155 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 209/1995, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León.

El plazo de un mes se contará a partir del día siguiente al de la publicación del último de los anuncios previstos en el artículo 154 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

La...

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