ACUERDO de 2 de octubre de 2006, del Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, por el que se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libre designación.
Sección | III - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejo de Cuentas de Castilla y Leon |
Rango de Ley | Acuerdo |
ACUERDO de 2 de octubre de 2006, del Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, por el que se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libre designación.
El Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, en reunión celebrada el 2 de octubre de 2006 ha acordado, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el artículo 29.4 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León, efectuar convocatoria pública para proveer dos puestos de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera: Los puestos de trabajo a proveer mediante libre designación entre funcionarios públicos, a que se refiere la convocatoria, se detallan en el Anexo I.
Segunda: Los funcionarios interesados dirigirán sus solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que figura como Anexo II, al Consejo de Cuentas de Castilla y León.
Tercera: Las solicitudes podrán presentarse, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este Acuerdo en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', en la sede provisional del Consejo, sita en la calle Duque de la Victoria, n.º 8 (Valladolid), o por cualquiera de las formas que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo para resolver la presente convocatoria es de dos meses desde la finalización del de presentación de solicitudes.
Cuarta: Además de los datos personales y número de Registro de Personal, los aspirantes acompañarán a la solicitud su currículum vitae, en el que consten títulos académicos, antigüedad en el servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados y otros méritos que se considere oportuno poner de manifiesto.
Quinta: Los puestos convocados podrán ser declarados desiertos.
Sexta: Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo contencioso-administrativo...
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