ORDEN de 29 de febrero de 1996, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se coordina la actuación administrativa en la investigación de accidentes de trabajo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN de 29 de febrero de 1996, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se coordina la actuación administrativa en la investigación de accidentes de trabajo.

La complejidad de las instalaciones industriales y los avances tecnológicos hacen que el riesgo potencial de las mismas haya aumentado considerablemente. Ante tal situación la Ley de Seguridad Industrial de Castilla y León regula la actuación administrativa en materia de seguridad de las instalaciones industriales teniendo como finalidad última aumentar su seguridad y disminuir la siniestralidad.

La reciente asunción por la Junta de Castilla y León de las competencias relativas a ejecución de la legislación laboral y prevención de riesgos laborales, en el nuevo marco creado por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, exigen de la Comunidad reforzar sus actuaciones tendentes a mejorar las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.

En tal sentido ha de utilizarse la investigación de accidentes como técnica de seguridad que tiene por objeto descubrir las causas que han dado lugar al siniestro, como fase previa imprescindible para diseñar y aplicar las medidas preventivas adecuadas, con el fin de evitar que accidentes similares puedan repetirse.

Todo ello exige coordinar la actuación administrativa en supuestos de accidentes de trabajo que por producirse en instalaciones industriales impliquen la actuación de los Técnicos de Industria y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, único órgano competente para informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo, de tal forma, que de la coordinación de sus actuaciones puedan derivarse firmes conclusiones que permitan avanzar en la prevención de siniestros futuros.

En su virtud esta Consejería ha tenido a bien...

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