Orden EYE/1677/2003 de 15 de diciembre, por la que se convocan subvenciones de Formación Industrial para el año 2004.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1677/2003 de 15 de diciembre, por la que se convocan sub venciones de Formación Industrial para el año 2004.

Los Reglamentos Técnicos de Seg u ridad Industrial establecen en la m ayor parte de los casos que las instalaciones reguladas por los mismos, s e r á n ejecutadas y en su caso mantenidas o conservadas por pro fesionales con el c a rné de instalador o en su caso de conservador o rep a rador autori z a d o .

La concesión de los citados carnés se efectúa mediante exámenes realizados por los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Turismo, de acuerdo con lo pr evisto en la Orden de 7 de noviembre de 2000, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo sobre carnés profesionales y empresas instaladoras y mantenedoras autorizadas, y la reglamentación específica que regula cada carné.

La referida Orden de 7 de noviembre de 2000 establece la posibilidad de realizar cursos sustitutorios de titulación, complementarios o adicionales de la titulación, superando las pruebas de aptitud que se realizarán al finalizar los mismos.

La realización de estos cursos debe ser potenciada para elevar la cualificación técnica de los pro fesionales que realizan las instalaciones incluidas en los Reglamentos que se basan en cri t e rios de Seg u ridad Industri a l .

Por otra parte, es necesario actualizar los conocimientos de aquellos profesionales que aún disponiendo ya del oportuno carné, necesitan ada ptarse a las nuevas tecnologías.

Igualmente es necesario actualizar los conocimientos de aquellos titulados que ejecutan los proyectos, direcciones de obra o inspeccionan las instalaciones sometidas a Reglamentos de Seguridad.

No se contempla en esta convocatoria, como beneficiarios los Centros Tecnológicos integrados en la Red de Centros Tecnológicos de Castilla y León, al estar incluidos en las entidades sin ánimo de lucro.

En beneficio de la agilidad en la tramitación administrativa, se delega la facultad de resolver en el Director General de Industria e Innovación Tecnológica.

En consecuencia, teniendo en cuenta las Normas establecidas en la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad y así como por el Decreto 73/2003, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo.

DISPONGO:

Artículo 1 Convocar y esta blecer las bases reguladoras para la con cesión de las subvenciones de Formación Industrial.
Artículo 2 El procedimiento de tramitación de estas subvenciones será el establecido en la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo por la que se establecen las normas para la concesión de subvenciones ('B.O.C. y L.' n.º 246, de 23 de diciembre de 1997), que será de aplicación en todo lo no previsto en las bases reguladoras de la presente convocatoria.

A rtículo 3. La aplicación pre s u p u e s t a ria y el crédito destinado a financiar las ayudas establecidas en la presente convocatoria serán las que a tal efecto se aprueben en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2004 en las aplicaciones y por los importes que a continuación se detallan:

Programa Aplicación Presupuestaria Cuantía gasto a financiar

Formación Industrial 08.02.721.A03.78069 140.202 euros

A rtículo 4. Las previsiones contenidas en la Ley de Pre s u p u e s t o s Generales de la Comunidad de Castilla y León del ejercicio y en particular a aquellas referidas a...

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