DECRETO 47/1983 de 12 de Agosto, sobre ubicación provisional de la sede de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 16-08-1983 Nº Boletín: 8 / 1983

DECRETO 47/1983 de 12 de Agosto, sobre ubicación provisional de la sede de la Junta de Castilla y León.

Por acuerdo de las Cortes de Castilla y León se ha instado a la Junta de Castilla y León a fijar provisionalmente la sede de la propia Junta hasta tanto no se apruebe la Ley a que se refiere el artículo 3.1 del Estatuto de Autonomía.

Desde la fecha de esta autorización se han venido realizando diversas gestiones para determinar la ubicación provisional del Organo Ejecutivo de la Comunidad Autónoma, habiéndose recibido diversas opciones y ofrecimientos.

Después de estudiar las distintas posibilidades de ubicación y atendiendo a los criterios de eficacia y coordinación establecidos por las Cortes, procede fijar con el carácter antes expresado la sede de esta Junta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 12 de Agosto de 1983,

DISPONGO:

Artículo único

La sede de la Junta de Castilla y León se establece provisionalmente en Valladolid.

Burgos, 12 de Agosto de 1983.

El Presidente de la Junta de Castilla g León,

Fdo.: DEMETRIO MADRID LOPEZ

El Consejero de Presidencia,

Fdo.: FRANCISCO JAVIER VELA SANTAMARIA

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