ORDEN EYE/2402/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan las subvenciones para el año 2010 para la difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo. (Continúa en Suplemento n.º 1

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

404 Jueves, 31 de diciembre 2009 Suplemento n.º 1 al N.º 251

ORDEN EYE/2402/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan las subvenciones para el año 2010 para la difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.

Mediante Real Decreto 832/1995, de 30 de mayo, ('B.O.C. y L.' de 6 de julio) se procedió al traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de gestión y seguimiento de las ayudas y subvenciones correspondientes al apoyo al empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene como principio de actuación general el favorecer la creación y desarrollo de todo tipo de empresas y entidades de economía social. Este principio ha quedado patente, entre otras normas, en la Ley 4/2002 de 11 de abril, de Cooperativas de la Comunidad de Castilla y León, que dispone en su artículo 134 que la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León asume como tarea de interés público la promoción, estímulo y desarrollo de las sociedades cooperativas, a través de medidas que favorezcan la inversión empresarial, la creación de empleo, la elevación del nivel de formación profesional y la preparación técnica de los socios.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión, las cuales serán publicadas en el 'Boletín Oficial del Estado' o en el diario oficial correspondiente. Por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de la competencia exclusiva atribuida al Estado sobre legislación laboral (artículo 149.1.7.º de la Constitución Española) y en concreto sobre la regulación de los programas de fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales, se han regulado por Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales, publicada en el 'B.O.E.' núm. 270 de 11 de noviembre de 2005.

Por otra parte, la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre ('B.O.E.' núm. 270, de 11 de noviembre de 2005), recoge, entre otras, las ayudas y subvenciones dirigidas a la realización de actividades de formación, difusión y fomento de la Economía Social vinculadas directamente al fomento del empleo y cuya gestión corresponde a esta Comunidad Autónoma, que incluye las medidas contenidas en el Programa Nacional de Reformas de España en el campo de la Economía Social.

De acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Única, de dicha Orden y en virtud de la potestad autonómica de autoorganización de sus servicios, en ejecución de la legislación laboral se procede, por parte de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a la publicación de la convocatoria de dichas ayudas, adecuando lo establecido en aquélla a las peculiaridades derivadas de su propia organización y la normativa aplicable en su ámbito territorial.

La Comunidad de Castilla y León ha efectuado dicha adecuación mediante la Orden EYE/404/2009, de 19 de febrero, por la que se adecua la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales a las peculiaridades organizativas y la normativa aplicable en la comunidad de Castilla y León. ('B.O.C.y L.' n.º 42, de 3 de marzo de 2009).

Estas ayudas para actividades de difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo están cofinanciaciadas por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo 'Adaptabilidad y Empleo', aprobado por Decisión de la Comisión de 14 de diciembre de 2007 para el nuevo periodo de programación 2007-2013.

Las subvenciones contempladas en la presente convocatoria están sometidas al régimen de 'mínimis', de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE, y están exentas de la obligación de notificación a la Comisión, así como las ayudas a entidades sin ánimo del lucro para las actividades de formación, fomento y difusión de la economía social previstas en el apartado d) del artículo 4 de las mismas bases reguladoras, ya que no afectan a la competencia comunitaria y son compatibles con el mercado común.

El Plan Estratégico de Subvenciones 2009-2011 de la Consejería de Economía y Empleo, aprobado por la Orden de 26 de enero de 2009, incluye entre las líneas de subvención la relativa al fomento y difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.

Existe crédito adecuado y suficiente en el proyecto de presupuestos para el año 2010 y se cumplen las circunstancias previstas en la Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de gasto.

En su virtud, oído el Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Primero. Convocatoria.

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las ayudas para el año 2010, destinadas a la difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo, reguladas en la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales, publicada en el 'B.O.E.' núm. 270, de 11 de noviembre de 2005, y en la Orden EYE/404/2009, de 19 de febrero por la que se adecua la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre citada a las peculiaridades organizativas y la normativa aplicable en la Comunidad de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 42 de 3 de marzo de 2009).

Segundo. Financiación.

  1. Las aplicación presupuestaria y el crédito destinado a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria serán los que a tal efecto se aprueben en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2010, en las aplicaciones y por los importes que a continuación se detallan:

  2. Las aplicaciones presupuestarias y las asignaciones del gasto efectuadas en la presente convocatoria quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales de la Comunidad para el ejercicio 2010.

  3. Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2010, y en particular aquellas referidas a créditos, aplicaciones presupuestarias o anticipos, resultarán de aplicación a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor.

  4. Dichas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Programa Operativo 'Adaptabilidad y Empleo', aprobado por Decisión de la comisión de 14 de diciembre de 2007 en un ochenta por ciento.

    Tercero. Régimen jurídico.

    La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, en Suplemento n.º 1 al N.º 251 Jueves, 31 de diciembre 2009 405 la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 2/2006, de 3 de mayo de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, la Orden EYE/404/2009, de 19 de febrero por la que se adecua la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre , por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales a las peculiaridades organizativas y la normativa aplicable en la comunidad de castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 42 de 3 de marzo de 2009), en esta Orden, en el reglamento (CE) n.º 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo, en el Reglamento (CE) n.º 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) n.º 1083/2006, y demás normativa de general aplicación.

    Cuarto. Objeto.

    La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones dirigidas a la difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.

    Quinto. Beneficiarios.

  5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de...

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