ORDEN FOM/1961/2009, de 2 de octubre, por la que se aprueba el Expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo de la Variante de Palanquinos (León), Carretera LE-512 de Mansilla de las Mulas a límite provincia de Zamora, Expediente Clave: E.I. 1.2-LE-22

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

de 12 de diciembre de 2008. Esta D.I.A. informa favorablemente el desarrollo de la 'ALTERNATIVA ESTE' del Estudio Informativo, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en la Declaración y sin perjuicio del cumplimiento de las normas vigentes u otras que pudieran impedir o condicionar su realización.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Es competente el Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León para acordar la Aprobación el Expediente de Información Pública del Estudio Informativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/1990 de 16 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 10.4 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Carreteras, en aplicación de la Disposición Final Segunda de la mencionada Ley 2/1990.

Vistos los Antecedentes de Hecho puestos de manifiesto y los Fundamentos de Derecho reseñados:

DISPONGO:

1 Aprobar el Expediente de Información Pública del Estudio Informativo de la Variante de Rágama (Salamanca). Expediente Clave: E.I.1.2-SA-5, haciendo constar que dicho expediente incluye el Informe funcional de las Alegaciones así como la Declaración de Impacto Ambiental.

2 Aprobar definitivamente el Estudio Informativo adoptando como solución a desarrollar por el proyecto de construcción la denominada 'ALTERNATIVA ESTE'.

3 Dar publicidad a la presente Orden, poniéndose a disposición del público la información que requiere la legislación en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, la cual podrá ser consultada en los Servicios Centrales de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, C/ Rigoberto Cortejoso, n.º 14, de Valladolid.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, de acuerdo con el Art. 61 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, cabe la posibilidad de recurrir la misma, potestativamente en reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, según lo establecido en los artículos 10 y 41.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en su caso interpuesto.

El Consejero de Fomento,

Fdo.: ANTONIO SILVÁN RODRÍGUEZ ORDEN FOM/1961/2009, de 2 de octubre, por la que se aprueba el Expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo de la Variante de Palanquinos (León), Carretera LE512 de Mansilla de las Mulas a límite provincia de Zamora, Expediente Clave: E.I. 1.2-LE-22.

Vista la Propuesta de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de fecha 8 de enero de 2009.

Visto el Informe de la Asesoría Jurídica de fecha 18 de agosto de 2009.

Visto el Expediente del Estudio Informativo para la selección de la alternativa a adoptar para la Variante de Palanquinos (León), en el que figuran los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO:

  1. ) Con fecha 21 de septiembre de 2007 se aprobó provisionalmente el Estudio Informativo de la Variante de la carretera LE-512 a su paso por Palanquinos. Expediente Clave: E.I. 1.2-LE-22.

  2. ) El 23 de octubre de 2007 fue publicado en el 'B.O.C. y L.' el Anuncio de Información Pública del mencionado Estudio Informativo. La publicación en el 'B.O.P. de León' tuvo lugar el 9 de noviembre de 2007.

  3. ) Como consecuencia del proceso de Información Pública se han recibido escritos del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo;

    de ADIF, del Ayuntamiento de Villanueva de las Manzanas y de la Diputación Provincial de León. A estos hay que añadir...

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