ORDEN HAC/450/2013, de 30 de abril, por la que se hace pública la relación de las unidades en las que se realiza la función de registro así como de sus números oficiales de telefax.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en el apartado 6 del artículo 38, que cada Administración Pública debe determinar los días y el horario en que deben permanecer abiertos sus respectivos registros, señalando en el apartado 8 del mismo artículo, la obligación de las distintas Administraciones de hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas de registro tanto propias como concertadas.

La Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión pública establece, en su artículo 18 apartado 3, que anualmente la Consejería competente en materia de atención al ciudadano publicará la relación de unidades que realicen la función de registro de documentos.

El Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece en la disposición adicional séptima que la relación actualizada de las unidades integrantes de dichos servicios de información y atención al ciudadano será objeto de publicación anual en el «Boletín Oficial de Castilla y León», indicando su ubicación y los días y horario de funcionamiento, para general conocimiento de todos los ciudadanos.

Sin perjuicio de ello, la disposición adicional tercera del Decreto 2/2003, de 2 de enero, prevé que cuando la normativa especial, procedimental o procesal, así lo exija, los documentos deberán ser recibidos directamente por la unidad administrativa a la que corresponda su conocimiento, tramitación o gestión.

Con esta orden se cumple también con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Decreto 2/2003, de 2 de enero, que dispone que se admitirá en el registro la presentación de documentos transmitidos por telefax a aquellos números telefónicos que hayan sido declarados oficiales para tal efecto, y así, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se declaran los números telefónicos oficiales, se incluye un anexo con la actualización de dichos números.

Por su parte, la Orden HAC/1039/2012, de 30 de noviembre, por la que se establece el horario de atención al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano, regula el horario de atención al público en las Oficinas Generales de Información y Atención al Ciudadano, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano, así como en las Oficinas Departamentales de Información y Atención al Ciudadano y otros órganos.

Con fecha 1 de junio de 2009, se suscribió el Convenio entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León (actualmente Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León) para la colaboración en materia de registro de documentos, con el objeto posibilitar a los ciudadanos la presentación en los registros de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León de toda clase de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a dicha Agencia.

Por otra parte, con fecha 16 de abril de 2012, se suscribieron los Convenios entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León, y entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León para la colaboración en materia de registro de documentos, con el objeto de posibilitar a los ciudadanos la presentación en los registros de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León de toda clase de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a dicha Agencia e Instituto.

La modificación del artículo 38.4 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, introducida por el artículo 27 del Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa, ha posibilitado que el ciudadano pueda presentar sus solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a los órganos de las Administraciones públicas en los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.

Se ha de citar también, el Convenio Marco suscrito entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Castilla y León para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Castilla y León, de 21 de febrero de 2007, y correspondiente Acuerdo de prórroga de 23 de diciembre de 2009, que permite a los ciudadanos presentar de forma gratuita en las Entidades Locales adheridas al convenio, solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a los órganos de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas con independencia de su localización territorial.

Finalmente, la función de registro se complementa con el Registro Electrónico, regulado en el Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, e integrado en el Sistema de Registro

Único, que admite la presentación y recepción de documentos electrónicos normalizados o formularios correspondientes a procedimientos, servicios y trámites que se especifiquen en la sede electrónica, y de cualquier otro documento en la medida que se dispongan de los medios técnicos.

En virtud de lo anterior, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación.

RESUELVO

Primero .- Hacer pública, en el Anexo I de esta orden, la relación de las unidades propias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en las que se realiza la función de registro, indicándose para cada una de ellas el órgano al que pertenecen, su dirección postal, así como los días de apertura al público y su horario de funcionamiento.

Aquellas Oficinas del Servicio Público de Empleo que no aparecen relacionadas en el Anexo I de esta orden realizarán funciones de registro únicamente respecto de aquellos escritos, documentos y solicitudes que les corresponda tramitar o gestionar.

Segundo .- Dar publicidad, en el Anexo II de esta orden, a la relación de Entidades Locales adheridas al Convenio Marco suscrito entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Castilla y León para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Castilla y León, detallándose su dirección postal, así como los días de apertura al público y su horario, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero .- Hacer pública, en el Anexo III de esta orden, la relación de números oficiales de telefax, a través de los cuales los ciudadanos podrán presentar documentos ante esta Administración Autonómica, conforme determina el Decreto 118/2002, de 31 de octubre.

Cuarto .- La Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización mantendrá permanentemente actualizada la relación de unidades en las que se realiza la función de registro, tanto propias como concertadas con Entidades Locales.

Dicha relación se expondrá en los tablones de anuncios de las unidades propias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en las que se realice la función de registro. Asimismo, se difundirá a través de la página web institucional, www.jcyl.es.

Quinto .- La función del registro electrónico se ordenará a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en la dirección electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones podrá realizarse todos los días del año durante las veinticuatro horas del día y los efectos de cómputo del término y los plazos aplicables, tanto para los ciudadanos como para la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se regirá conforme lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Valladolid, 30 de abril de 2013.

La Consejera de Hacienda, Fdo.: M aría del P ilar del O lMO M OrO

ANEXO I

UNIDADES ADMINISTRATIVAS PROPIAS QUE REALIZAN LAS FUNCIONES DE REGISTRO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CONSEJERÍA

UNIDAD

LOCALIDAD

DIRECCIÓN

HORARIO

Hacienda

Delegación Territorial. Oficina General de Información y Atención al Ciudadano

Ávila

Pasaje del Císter n.º 1

De lunes a viernes de 8:30 a 14:30, de lunes a jueves de 16:30 a 18:30 y sábados de 9:00 a 14:00.

Los meses de julio y agosto de lunes a viernes 8:30 a 14:30. 24 y 31 de diciembre de 9:00 a 14:00 h.

Agricultura y Ganadería

Sección Agraria Comarcal

Ávila

Plaza Fuente el Sol, n.º 1

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Economía y Empleo

S.T. de Industria, Comercio y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR