Decreto 36/2002, de 7 de marzo, por el que se regulan las unidades estadísticas de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 36/2002, de 7 de marzo, por el que se regulan lasunidades estadísticas de la Administración General e Institucional de laComu nidad deCastilla y León.

La Ley 7/2000, de 11 de julio, de Estadística de Castilla y León dedica su Título II a la organización estadística de la Comunidad, citando en el Capítulo I los órganos estadísticos que forman parte de la misma, a saber:La Dirección General de Estadística, las unidades estadísticas de las diferentes Consejerías y entidades públicas dependientes de la Comunidad, la Comisión de Estadística de Castilla y León y el Consejo Asesor de Estadística.

El resto de los Capítulos del mencionado Título II de la Ley 7/2000 están dedicados respectivamente a la Dirección General de Estadística, a la Comisión de Estadística de Castilla y León y al Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León.

Sin embargo, la Ley no hace una regulación expresa de las unidades estadísticas de las Consejerías y entidades públicas dependientes de la

Comunidad, pese a que a lo largo de su articulado aparecen diversas referencias a dichas unidades, atribuyéndoles funciones en algunos casos.

A su vez, parece apropiado adecuar las denominaciones de los órganos administrativos a las establecidas en la Ley 3/2001 del Gobierno y la Administración de Castilla y León, en especial en lo referente a la Administración Institucional.

Por otro lado, la normativa reguladora de las estructuras orgánicas de las diversas Consejerías vigente en cada caso suele atribuir funciones estadísticas a unidades...

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