ORDEN PAT/1848/2006, de 8 de noviembre, por la que se convoca el concurso-oposición (turno libre) para la provisión de puestos de trabajo vacantes de la Categoría de Auxiliar de Carreteras en régimen de contratación laboral de carácter fijo, a propuesta de la Consejería de Fomento, y para la constitución de la Bolsa de Empleo de esta Categoría....

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/1848/2006, de 8 de noviembre , por la que se convoca el concurso-oposición (turno libre) para la provisión de puestos de trabajo vacantes de la Categoría de Auxiliar de Carreteras en régimen de contratación laboral de carácter fijo, a propuesta de la Consejería de Fomento, y para la constitución de la bolsa de empleo de esta Categoría.

El Título IV del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta regula la provisión de vacantes, contratación e ingreso.

El Capítulo V establece que las necesidades de personal laboral que no puedan ser cubiertas con los efectivos existentes y cuya provisión se entienda necesaria por razones de organización, se ofertarán al turno libre, de acuerdo con la oferta de empleo público.

Aprobada la Oferta de Empleo Público de la Comunidad Autónoma correspondiente a 2006 en virtud del Decreto 10/2006, de 2 de marzo (publicado en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 3 de marzo) procede convocar las vacantes ofertadas para su provisión mediante contratación laboral de carácter fijo.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio colectivo vigente y demás normativa laboral de aplicación, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo), a propuesta de la Consejería de Fomento,

ACUERDA:

Convocar el concurso-oposición (turno libre) para cubrir vacantes de personal laboral de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en régimen de contratación laboral de carácter fijo, a propuesta de la Consejería de Fomento, y para la constitución de la bolsa de empleo de esta categoría, con sujeción a las siguientes BASES:

Primera. Número, características de las plazas y procedimiento de selección.

1.1. Se convoca concurso-oposición (turno libre) para cubrir 17 plazas de la categoría de Auxiliar de Carreteras, Grupo IV, que se relacionan en el Anexo I.

1.2. La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido en el Convenio colectivo vigente; en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León;

en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de esta Administración, en lo que no contravenga a dicha Ley; en el Decreto 10/2006, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de 2006; en la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006 ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 8 de marzo), así como en las bases de la presente convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que se indican en la base 8.1. de esta convocatoria, siendo todos eliminatorios. En el Anexo II figura el contenido del programa de estas pruebas.

La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados, de acuerdo con el baremo que figura en la base 8.2.

1.4. Con carácter previo a la realización de las pruebas, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen el nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. Dicha prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, que regula los diplomas de español como lengua extranjera. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesaria la valoración de apto para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

Están eximidos de la realización de esta prueba quienes presenten con la solicitud fotocopia compulsada del diploma de español como lengua extranjera, nivel superior o intermedio, establecido por el citado Real Decreto, o del certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o del certificado que acredite haber superado dicha prueba en los últimos cinco años al amparo de otras convocatorias para el ingreso en la Administración de Castilla y León.

1.5. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Segunda. Constitución de la bolsa de empleo.

2.1. De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, se constituirá la bolsa de empleo de la categoría de Auxiliar de Carreteras en la que se integrarán preferentemente los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud y habiendo aprobado alguno de los ejercicios de carácter eliminatorio del proceso selectivo, no hubieran superado el último con puntuación suficiente para obtener plaza de personal laboral fijo.

Igualmente formarán parte de la bolsa de empleo quienes, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, no hayan superado ningún ejercicio de la fase de oposición y hayan obtenido una calificación superior a 0 puntos.

2.2. Los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder a la bolsa de empleo para una o varias provincias.

2.3. El orden de prelación de los aspirantes que constituyan la bolsa de empleo se establecerá según el número de ejercicios eliminatorios superados y entre aquellos que hubieren superado igual número de ejercicios, en virtud de la puntuación global obtenida en los mismos.

La prelación entre aquellos que no hubieran superado ninguno de los ejercicios eliminatorios se establecerá según la puntuación obtenida en el primero de ellos.

En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes se establecerá la preferencia por orden alfabético, comenzando por la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el proceso selectivo.

2.4. La gestión de la bolsa de empleo de la categoría/especialidad convocada se ajustará a lo dispuesto en la Orden PAT/617/2004, de 19 de abril, que establece el procedimiento de gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo derivadas de las pruebas selectivas para la provisión de puestos de trabajo vacantes en régimen de contratación laboral de carácter fijo para las diferentes categorías profesionales y especialidades en la Administración de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 4 de mayo).

Tercera. Requisitos de los candidatos.

Además de los requisitos establecidos en la Orden PAT/332/2006, de 7 de marzo, para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes:

3.1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho. Así mismo, podrán participar sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

3.2. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, o de la categoría profesional reconocida en Ordenanza laboral o Convenio colectivo en relación con aquélla a la que se presenta.

A estos efectos se entiende por categoría profesional reconocida la que, con un...

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