ORDEN SAN/78/2012, de 6 de febrero, por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento de las Sentencias n.º 128 y 129 de 5 de noviembre de 2009, del Juzgado de lo Contencioso n.º 3 de Valladolid y n.º 134 de 16 de abril de 2010 y n.º 266, de 14 de julio de 2010, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Valladolid, recaídas en Recursos n.º 64/2009, 65/2009, 476/2008 y 753/2008 interpuestos contra la Orden SAN/917/2008, de 29 de mayo, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes: Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrona y Terapeuta Ocupacional, de la Gerencia Regional de Salud, y se retrotrae el proceso de provisión al momento de valoración de méritos.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Con fecha de 6 de junio de 2008, se publicó la Orden SAN/917/2008, de 29 de mayo, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes: Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrona y Terapeuta Ocupacional de la Gerencia Regional de Salud.

En desarrollo de dicho procedimiento de provisión se dictaron las Ordenes SAN/792/2009, de 1 de abril y la Orden SAN/1445/2009, de 3 de julio, por las que respectivamente se resolvía provisional y definitivamente el concurso convocado.

Segundo .- Con fechas de 1 y 4 de julio y 28 de septiembre de 2011, se han publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León», Sentencias dictadas por la Sala de lo ContenciosoAdministrativo, con sede en Valladolid, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en los Recursos de Apelación n.º 64/2009, 65/2009, 476/2008 y 753/2008 en las que con, desestimación de los recursos interpuestos por la Consejería de Sanidad, confirman las resoluciones judiciales dictadas en primera instancia por los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo n.º 2 y 3 de Valladolid.

Las sentencias confirmadas en apelación, anulan la Orden SAN/ 917/2008, de 29 de mayo, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes: Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrona y Terapeuta Ocupacional de la Gerencia Regional de Salud, únicamente en cuanto establece que el tiempo de servicios prestados en promoción interna temporal se contará en la categoría de origen, que es en la que se presta servicios.

De esta manera se deja sin efecto el párrafo segundo de la Letra D) del Apartado 4. Méritos, del ANEXO III Bis, Instrucciones para cumplimentar el certificado de méritos de la Orden SAN/917/2008, de 29 de mayo, debiendo la Administración realizar las actuaciones necesarias para que los servicios prestados en promoción interna temporal sean correctamente valorados en el apartado correspondiente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Corresponde al Consejero de Sanidad el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo de las resoluciones judiciales, llevándolo a puro y debido efecto, en cuanto autor del acto impugnado, conforme a lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

  2. La parte dispositiva de las Sentencias dictadas en primera instancia, declaran...

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