ORDEN SAN/1445/2009, de 3 de julio, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes: Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrona y Terapeuta Ocupacional, de la Gerencia Regional de Salud
Sección | III - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Orden |
Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrona y Terapeuta Ocupacional, de la Gerencia Regional de Salud.
Por Orden SAN /917/2008, de 29 de mayo, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 6 de junio, fue convocado concurso de traslados para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías siguientes: Enfermero/a, Fisioterapeuta, Matrona y Terapeuta Ocupacional, de la Gerencia Regional de Salud.
Realizada la valoración de los méritos alegados por los concursantes, esta Consejería, por Orden SAN/792/2009, de 1 de abril (publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 8 de abril), hizo publica la resolución provisional del concurso, abriendo un plazo de quince días naturales para que los interesados pudieran efectuar las alegaciones que estimaran pertinentes.
Finalizado dicho plazo y una vez estudiadas las alegaciones a las adjudicaciones de las plazas, desistimientos y exclusiones contenidas en la citada resolución provisional, procede a publicar la adjudicación definitiva de las plazas ofrecidas en el concurso, de conformidad con lo establecido en la bases seis, apartado tercero de la convocatoria.
Esta Consejería, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos de la Gerencia Regional de Salud, en aplicación a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y los artículos 6.2 g) y 36 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
RESUELVE:
Primero. Hacer pública la resolución definitiva del concurso, adjudicándose con este carácter las plazas relacionadas en el Anexo I, a los concursantes que se indican, con la puntuación total y parcial por apartados del baremo de méritos obtenida por cada uno de ellos.
Segundo. Aceptar de plano los desistimientos totales a la participación en el concurso no...
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