DECRETO 31/1999, de 18 de febrero, por el que se aprueban las medidas transitorias relativas a las autorizaciones administrativas en el sector de las máquinas recreativas y de azar.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 22-02-1999 Nº Boletín: 35 / 1999

DECRETO 31/1999, de 18 de febrero, por el que se aprueban las medidas transitorias relativas a las autorizaciones administrativas en el sector de las máquinas recreativas y de azar.

Una vez aprobada la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, se ha iniciado el desarrollo reglamentario de la misma. Su artículo 9.c) establece como competencia de la Junta de Castilla y León la planificación de los juegos y apuestas de la Comunidad con arreglo a unos criterios, la realidad social y su incidencia en ella del juego y las apuestas, la población y la realidad económica y tributaria y la necesidad de diversificar el juego y las apuestas.

Actualmente se está elaborando un Proyecto de Decreto regulador de la explotación e instalación de las máquinas recreativas y de azar en esta Comunidad con el fin de adaptarse a la realidad de este subsector; esta normativa incide directamente en la sociedad en general, como consecuencia de las importantes repercusiones sociales y económicas que la materia del juego lleva implícita.

Dado el momento procedimental en que se encuentra este Proyecto de Decreto y atendiendo al interés público que informa cualquier actuación administrativa, es imprescindible realizar una previa planificación, paralizando temporalmente el otorgamiento de nuevas autorizaciones e impidiendo determinados trámites, ya que en caso contrario, la Administración no podrá tener una visión global y clara de la realidad actual y supondría inevitablemente un fracaso en la aplicación de la nueva normativa, teniendo en cuenta que se pueden producir ciertas acciones especulativas ante la incertidumbre de una nueva regulación, siendo factible un incremento excesivo de la oferta de juego, pudiendo producir graves perjuicios.

Las circunstancias antes expuestas hacen necesario, como ha sido reclamado por el propio sector, adoptar medidas transitorias relativas a las resoluciones y autorizaciones administrativas que las afectan.

En su virtud, a propuesta del Consejero de...

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