Decreto 64/2004, de 24 de junio, por el que se amplía el plazo previsto en el Decreto 40/2002, de 14 de marzo, de medidas transitorias relativas a las autorizaciones administrativas en materia de máquinas de juego

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
  1. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y A D M I N I S T R ACIÓN T E R R I TO R I A L

D E C R E TO 64/2004, de 24 de junio, por el que se amplía el plazo prev i s to en el Decreto 40/2002, de 14 de marzo , de medidas tra ns i t o rias re l a t ivas a las autorizaciones administrat ivas en mat e ria de máquinas de j u ego .

El Decreto 40/2002, de 14 de marzo , ap ro b ó , a partir de su entrada en v i go r, c i e rtas medidas tra n s i t o rias re l at ivas a las autorizaciones administrat ivas en el sector de máquinas de juego de tipo 'B', hasta la entrada en vigo r del Decreto por el que se ap ru ebe el Reglamento regulador de las Máquinas de Ju ego y de los Salones de la Comunidad de Castilla y León.

Lo que se pretende con la presente ampliación del plazo , es seguir manteniendo la actual situación de 'status quo' ex i s t e n t e, teniendo en cuenta el actual estado de tramitación del Proyecto de Decreto por el que se ap ru eb a el Reglamento regulador de las Máquinas de Ju ego y de los Salones de la C o munidad de Castilla y León, mediante el que se está ab o rdando la reg ulación de este subsector del juego que contemple, en su integridad y de una fo rma global, la mat e ri a .

La ex i gencia es someter esta disposición norm at iva , como trámite fi n a l , al procedimiento de info rmación en mat e ria de normas y reg l a m e n t a c i o n e s técnicas y de reglamentos re l at ivos a los servicios de la sociedad de la info rm a c i ó n , p revisto en la Dire c t iva 98/34/CE del Pa rlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio, m o d i ficada por la Dire c t iva 98/48/CE, de 20 de j u n i o , así como en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, que incorpora esta s D i re c t ivas al ordenamiento jurídico español, hace que se demore su entrada en vigor más allá del plazo previsto en el Decreto 144/2003, de 26 de diciembre, por el que se amplía el plazo previsto en el citado Decreto 40/2002, de 14 de marzo, de suspensión de la tramitación de las solicitudes de autorizaciones de explotación para máquinas de tipo 'B' de nueva instalación.

Por todo ello, y ante la necesidad de cumplir con el iter pro c e d i m e n t a l de obl i gado cumplimiento antes de su entrada en vigo r, resulta conve n i e n t e s eguir manteniendo la actual situación de suspensión del otorgamiento de nu evas autorizaciones administrat ivas de explotación de máquinas de juego tipo 'B' para nu eva instalación, al objeto de poder obtener una reg u l a...

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