Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipa da de expedientes de gasto.

El artículo 69 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las A d m i n i s t raciones Públ i c a s , contempla la posibilidad de que los ex p edientes de contratación puedan tra m i t a rse anticipadamente, p u d i e n d o l l ega r a la adjudicación del contrato y su formalización, aun cuando su ejecución, ya se realice en una o varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente.

El apartado cuarto del citado artículo dispone que cuando se formalice el contrato en ejercicio anterior al de la iniciación de la ejecución, el Pliego de Cláusulas Administr ativas Particulares deberá someter la adjudicación a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.

Por su parte, el artículo 108 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad establece una serie de supuestos, además de la contratación administrativa, en los que podrán adquirirse compromisos para gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquél en el que se autoricen, cuya ejecución pueda iniciarse en el ejercicio siguiente.

Conviene por último señalar la necesidad de normalizar la tramitación de los expedientes de gasto de tramitación anticipada al amparo de las disposiciones anteriormente mencionadas...

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