ORDEN EDU/1272/2006, de 27 de julio, por la que se convocan ayudas para la elaboración y desarrollo de proyectos en torno a la armonización y convergencia de la enseñanza y/o gestión universitaria en el Espacio Europeo de Educación Superior, a iniciar en el año 2006.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1272/2006, de 27 de julio, por la que se convocan ayudas para la elaboración y desarrollo de proyectos en torno a la armonización y convergencia de la enseñanza y/o gestión universitaria en el Espacio Europeo de Educación Superior, a iniciar en el año 2006.

La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Educación, quiere hacer suya y potenciar la inquietud renovadora de la enseñanza universitaria, y muy especialmente aquella que contribuya a la construcción del Espacio Europeo de Educación Superior.

Con esta finalidad, mediante Orden EDU/1242/2006, de 21 de julio ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 1 de agosto), se han aprobado las bases reguladoras de las ayudas para la elaboración y desarrollo de proyectos en torno a la armonización y convergencia de la enseñanza y/o gestión universitaria en el espacio europeo de educación superior, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, procediendo ahora realizar su convocatoria para proyectos a iniciar durante el año 2006.

En consecuencia, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero. Objeto de la convocatoria.

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas a las universidades de Castilla y León para la elaboración y desarrollo de proyectos en torno a la armonización y convergencia de la enseñanza y/o gestión universitaria en el espacio europeo de educación superior, a iniciar en año 2006, 1.2. Los proyectos subvencionables en concreto deberán recoger alguno de los siguientes aspectos:

  1. Elaboración del plan de estudios de las nuevas titulaciones, que incluya mecanismos de coordinación de asignaturas de contenidos similares.

  2. Estudio del perfil profesional y académico de una determinada titulación: competencias genéricas y competencias específicas.

  3. Diseño o aplicación de experiencias docentes orientadas a estudiar metodologías y sistemas de evaluación para la implantación de estudios de grado y de postgrado.

  4. Diseño o aplicación de proyectos piloto de adaptación de las asignaturas actuales a los nuevos estudios de grado.

  5. Análisis de los costes que conlleve la adaptación del sistema universitario actual al espacio europeo de educación superior y a la nueva oferta académica.

  6. Fomento de la utilización de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en la gestión administrativa que resulte afectada por el proceso de convergencia europea.

  7. Actualización de los modelos de gestión administrativa para adaptarlos a los requisitos derivados de la futura organización de las titulaciones en niveles.

  8. Análisis de otros aspectos relacionados con la convergencia europea como el suplemento europeo al título, la dimensión europea de la calidad de la enseñanza y aprendizaje, o las adaptaciones que supongan en materia de discapacidad, y proyectos que incentiven la enseñaza del español a extranjeros.

    Segundo. Dotación presupuestaria y cuantía máxima.

    2.1. La cuantía máxima del crédito asignado para estas ayudas a universidades públicas será de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS EUROS (295.800 ) distribuida de la siguiente manera:

  9. CIENTO NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS EUROS (193.800 ), con cargo a la aplicación 07.04.463A01.74043 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006.

  10. CIENTO DOS MIL EUROS (102.000 ), con cargo a la aplicación 07.04.463A01.74043 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007.

    2.2. La cuantía máxima del crédito asignado para estas ayudas a universidades privadas será de CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRECE EUROS (54.713 ) distribuida de la siguiente manera:

  11. VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS TRECE EUROS (29.313 ), con cargo a la aplicación 07.04.463A01.7801K de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006.

  12. VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS EUROS (25.400 ), con cargo a la aplicación 07.04.463A01.7801K de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007.

    2.3. El importe máximo de cada ayuda será de nueve mil euros (9.000 ) por proyecto.

    Tercero. Beneficiarios.

    Podrán solicitar estas ayudas las universidades públicas y privadas de Castilla y León para la financiación de los proyectos que se lleven a cabo en sus centros o departamentos.

    Cuarto. Requisitos de los proyectos.

    4.1. Para la elaboración de los proyectos se formarán equipos constituidos en grupos permanentes de trabajo de profesores o de personal de administración y servicios, de una misma universidad o redes interuniversitarias de trabajo formadas por este mismo personal perteneciente a varias universidades.

    4.2. Los proyectos realizados por profesores serán coordinados por un director que ha de ser profesor de la universidad beneficiaria, con título de Doctor. El director podrá designar, cuando sean varios los profesores que participen de otra o más universidades, los coordinadores necesarios.

    4.3. Los proyectos realizados por personal de administración y servicios serán dirigidos por un jefe de servicio o cargo similar.

    4.4. Los integrantes de los equipos deberán prestar servicios en centros o departamentos de universidades públicas o privadas, se encuentren o no en Castilla y León.

    4.5. Ningún solicitante, bien sea como director, bien como miembro de un equipo, podrá participar simultáneamente en más de un proyecto objeto de la presente convocatoria.

    Quinto. Solicitudes y documentación.

    5.1. Las Universidades deberán presentar por cada proyecto una solicitud redactada conforme al modelo que figura en el anexo I de la presente Oorden. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Consejero de Educación, y se presentarán bien directamente en el registro de dicha Consejería (Monasterio de Ntra. Sra. de Prado, Autovía Puente Colgante, s/n, 47071 Valladolid) o bien en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    5.2. Queda excluida la posibilidad de presentar la solicitud por telefax debido a la naturaleza de la documentación a acompañar, de conformidad con el artículo 1.2. a) del Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    5.3. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  13. Fotocopia del DNI de todos los miembros del equipo.

  14. Compromiso de constituirse en un grupo permanente o red interuniversitaria de trabajo sobre la convergencia europea, firmado por todos sus componentes según el modelo del Anexo II-1.A, y de elaborar una memoria de resultados.

  15. Relación de los componentes del grupo permanente o red interuniversitaria de trabajo, de acuerdo con el Anexo II-2.B.

  16. Curriculum vitae de los profesores que forman el equipo, según el modelo del Anexo III, en el que conste:

    La experiencia investigadora en general, y específica de la investigación educativa.

    La experiencia docente relevante y actividades que hagan referencia al interés por la calidad de la enseñanza y, especialmente, para la convergencia europea.

  17. Currículum vitae del personal de administración y servicios que forme parte del equipo, según el modelo del Anexo IV.

  18. Proyecto de la actividad a desarrollar para la que se solicita la subvención, señalando los siguientes extremos:

    Justificación de su utilidad y de la aportación que suponga en la innovación y calidad de la enseñanza, todo ello dirigido a la Convergencia Europea de la enseñanza...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR