ORDEN CYT/789/2005 de 26 de mayo, por la que se regula la Red de Teatros de Castilla y León y se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir sus espacios escénicos.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden
  1. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

ORDEN CYT/789/2005, de 26 de mayo, por la que se regula la Red de Teatros de Castilla y León y se establecen los requisitos mínimos que deben cumplir sus espacios escénicos.

Por Orden de 15 de abril de 1994 de la Consejería de Cultura y Turismo, se estableció el sistema de colaboración de la Red de Teatros de Castilla y León.

En ella se establece que podrán acogerse al sistema de colaboración regulado en esa Orden, las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma que sean titulares de teatros públicos, así como las que tengan una población de más de 20.000 habitantes y dispongan de un espacio apropiado para las representaciones, pero no se prevé el procedimiento que debe seguirse para ello, ni las condiciones que deben reunir los espacios escénicos.

La experiencia que ha proporcionado su funcionamiento a lo largo de estos años, aconsejan su regulación, así como establecer unos requisitos mínimos que deben cumplir sus teatros públicos o espacios escénicos para que puedan pertenecer a dicha Red, con el fin de garantizar su buen funcionamiento así como la continuidad en la programación.

Por ello y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en el artículo 1.º del Decreto 80/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo

DISPONGO:

Artículo 1 º Objeto.

La presente Orden tiene por objeto regular la Red de Teatros de Castilla y León, así como establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los espacios escénicos de la misma.

Artículo 2 º Ámbito de aplicación.

Podrán solicitar la integración en la Red de Teatros de Castilla y León:

  1. Las Entidades Locales que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2.º de la Orden de 15 de abril de 1994 por la que se establece el sistema de colaboración de la Red.

  2. Los Organismos...

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