DECRETO 31/2005, de 21 de abril, por el que se aprueban las tarifas de precios públicos aplicables a las actividades que conforman el Programa «Cursos de verano 2005».

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 31/2005, de 21 de abril, por el que se aprueban las tarifas de precios públicos aplicables a las actividades que conforman el Programa 'Cursos de verano 2005'.

La Consejería de Educación realizará durante el año 2005 el Programa 'Cursos de verano 2005', que constituye un conjunto de acciones educativas encaminadas a que los escolares de Castilla y León puedan aprender y dominar la lengua inglesa, así como las tecnologías de la información y la comunicación.

Las contraprestaciones por estos servicios que presta la Consejería de Educación tienen la consideración jurídica de precio público de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 19 de la citada Ley establece que, en general, la cuantía de los precios públicos se fijará de modo que, como mínimo, cubra los costes económicos de las actividades en relación con los cuales se establezcan, si bien en su apartado 2 permite que se señalen precios públicos a escala inferior cuando existan razones de interés público que lo justifiquen. En este supuesto, teniendo en cuenta la utilidad derivada de la prestación administrativa para el interesado se ha considerado que el objetivo primordial de esta acción no ha de ser el equilibrio financiero sino el facilitar a los alumnos par

ticipantes un aprendizaje más intenso de la lengua inglesa o en la utilización de las nuevas tecnologías del tratamiento de la información.

Por otro lado, y de conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, se han aplicado las correspondientes bonificaciones a los miembros de estas familias.

Asimismo, el artículo 17 de la Ley 12/2001 dispone que el establecimiento o modificación de los precios públicos se realizará mediante Decreto de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero que en cada caso corresponda por razón de la materia, previo informe de la Consejería de Hacienda.

Finalmente, estos precios públicos han sido informados favorablemente por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 122/2003, de 23 de diciembre, de creación y regulación de la...

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