ORDEN FYM/358/2012, de 30 de abril, por la que se establece el régimen tarifario de los Servicios Interurbanos de transporte público discrecional de viajeros por carretera en vehículos de turismo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Por Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, se delegaron en las Comunidades Autónomas las competencias del Estado en materia de autorizaciones administrativas de servicio de transporte público discrecional de viajeros por carretera en vehículos de turismo con capacidad máxima de hasta nueve plazas, incluida la del conductor, serie VT, comprendiendo dicha delegación la facultad de fijar las tarifas y su revisión. En ejercicio de esta competencia delegada, por Orden FOM/776/2011, de 30 de mayo, se revisaron las tarifas de los servicios públicos de transporte discrecional de viajeros en vehículo de turismo.

El sistema tarifario y condiciones de aplicación de estos servicios está sometido a lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley 16/1987,de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, -modificada por la Ley 29/2003 de 8 de octubre y por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio-, y en el artículo 29 del Reglamento que desarrolla aquélla, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1136/1997, de 11 de julio, por el Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre y por el Real Decreto 919/2010, de 16 de julio.

La nueva redacción del artículo 18 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, dada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de Modificación de Diversas Leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y el incremento experimentado en el conjunto de elementos que integran la estructura de costes o una parte sustancial de estos, en el tiempo transcurrido desde la aprobación de la anterior Orden, aconsejan, además de proceder a una revisión tarifaria de los mismos, establecer el nuevo régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros por carretera en vehículos de turismo.

Por otra parte, con el objeto de favorecer el mantenimiento de la población en zonas rurales de baja accesibilidad y débil tráfico, que no se hallen atendidas por servicios regulares de transporte de viajeros, y posibilitar a los ciudadanos acceder a la prestación de servicios sanitarios, sociales y culturales que no existen en sus localidades de residencia, la Ley 15/2002, de 28 de noviembre, de Transporte Urbano y Metropolitano de Castilla y León posibilita, excepcionalmente, la contratación del vehículo por plaza con pago individual.

En su virtud, en aplicación de las modificaciones legales antedichas, y en uso de las facultades previstas en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de Julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 34/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, previo informe favorable del Consejo de Transportes de Castilla y León de fecha 23 de febrero de 2012,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

Esta orden tiene por objeto establecer el régimen tarifario obligatorio de aplicación a los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros por carretera prestados con vehículos de turismo, provistos de autorización administrativa de la clase VT, cuya...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR