DECRETO 93/1993, de 29 de abril, por el que se aprueba la suscripción de acciones en la ampliación del Capital Social de la empresa pública «Parque Tecnológico de Boecillo, S.A.» y el correspondiente desembolso.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 93/1993, de 29 de abril, por el que se aprueba la suscripción de acciones en la ampliación del Capital Social de la empresa pública «Parque Tecnológico de Boecillo, S.A.» y el correspondiente desembolso.

Por la Ley 10/1990, de 28 de noviembre, se creó la Sociedad «Parque Tecnológico de Boecillo, S.A.», cuyo objeto social es la creación, ejecución y promoción del Parque Tecnológico como instrumento de modernización y diversificación industrial.

Los Estatutos de dicha Sociedad se aprobaron por Decreto 219/1990, de 20 de diciembre, quedando constituida por medio de Escritura Pública el día 31 de enero de 1991.

La Junta General Universal de Accionistas que se celebró el día 11 de marzo de 1993 adoptó, entre otros, el acuerdo de incrementar la cifra de Capital Social en 500.000.000 ptas. (QUINIENTOS MILLONES DE PESETAS), mediante la emisión de 25.000 acciones nuevas de 20.000 ptas. de valor nominal cada una.

La Dirección General de Economía y Asuntos Comunitarios ha propuesto el desembolso total de los 500.000.000 ptas. en el momento de la suscripción.

La Dirección General de Presupuestos y Patrimonio ha informado favorablemente la suscripción de dicha ampliación.

Por todo lo expuesto, vista la Ley 6/1981 de Patrimonio de la Comunidad y la Ley 1/1986 de Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 29 de abril de 1993,

DISPONGO:

  1. - Se acuerda la suscripción, al valor nominal, de la ampliación del Capital Social de la Sociedad «Parque Tecnológico de Boecillo, S.A.» por un importe total de 500.000.000 ptas, dividido en 25.000 acciones de 20.000 ptas. de valor nominal cada una.

  2. - Se acuerda desembolsar el 100% del capital suscrito, cuyo importe es de 500.000.000 ptas. Se autoriza el...

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