Decreto 99/2002, de 1 de agosto, por el que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Zaratán (Valladolid).

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 99/2002, de 1 de agosto, por el que se aprueba definitiva mente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Zaratán (Valladolid).

VISTO el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Zaratán, del cual constan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El término municipal de Zaratán (Valladolid) posee Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal aprobadas definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo el día 1 de julio de 1999.

S egundo. Con fe cha 30 de mayo de 2001, a instancia de D. Jo s é Tomás González Fuentes fue acordado por el Pleno del Ayuntamiento la aprobación inicial del documento de modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, el cual se publicó en el periódico 'El N o rte de Castilla' el día 5 de junio de 2001, en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 12 de junio de 2001 y en el 'Boletín Oficial de la Prov i n c i a ' el 13 de junio de 2001 no habiéndose presentado ninguna alegación al mismo según consta en cert i ficado del Secre t a rio del Ay u n t a m i e n t o .

Tercero. Asimismo con fecha 30 de mayo de 2001, se solicitan por el Ayuntamiento los informes que indica el artículo 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, los cuales son favorables a la modificación.

A la vista de lo estipulado en el artículo 54.1 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León en relación con el 22.2.c) de la Ley de Bases de Régimen Local, se acuerda por mayoría absoluta del pleno del Ayuntamiento de Zaratán la aprobación provisional de la modificación citada el día 2 de octubre de 2001.

Cuarto. Remitido el expediente mediante escrito de fe cha 3 de octub re de 2001, a la Junta de Castilla y León para su ap robación se solicita documentación complementaria para poder dar cumplimiento a lo establ ecido en el artículo 58.3.d de la Ley 5/1999, de 8 de ab ri l , de Urbanismo de C a s t i l la y León, la cual se recibe el día 26 de noviembre de 2001.

Quinto. El info rme técnico que sobre la modificación se emite por part e de la Dirección General de Viv i e n d a , Urbanismo y Ordenación del Te rri t orio a la vista de la documentación complementaria ap o rtada es favo rable a la m i s m a .

Sexto. Con fecha 26 de febrero de 2002, se ha emitido informe favorable por parte de la Asesoría Jurídica de la Consejería de Fomento.

Séptimo. El Consejero de Fomento con fecha 1 de marzo de 2002 ha informado favorablemente la modificación propuesta.

Con posterioridad por Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León, se remitió el expediente al Consejo de Estado para la emisión del preceptivo informe.

Octavo. El Consejo de Estado, en su sesión de 30 de ma yo de 2002, acordó la emisión del dictamen favorable a la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Zaratán (Va l l a d o l i d ) .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Es de aplicación la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, la cual en su artículo 58, 3,c) indica que la aprobación definitiva de una modificación que cualquier tipo que tenga por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de las zonas verdes o espacios libres existentes o previstos en el planeamiento, deberá llevarse a cabo por Decreto de la Junta de Castilla y León, previo informe favorable del Consejero competente por razón de la materia y del Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma.

En virtud del Decreto 222/1999 de 5 de agosto que regula...

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