DECRETO 78/2007, de 12 de julio, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Medina de Pomar (Burgos).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

DECRETO 78/2007, de 12 de julio, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Medina de Pomar (Burgos).

Visto el expediente de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Medina de Pomar (Burgos), del cual constan los siguientes:

ANTECEDENTES Primero. El término municipal de Medina de Pomar (Burgos) dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal que fueron aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Burgos en fecha de 16 de enero de 1992.

Segundo. El Pleno del Ayuntamiento de Medina de Pomar (Burgos), en sesión extraordinaria celebrada en fecha de 29 de julio de 2005, acordó por unanimidad aprobar inicialmente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal que afecta al acceso al polígono industrial Las Navas, a través de la creación de una rotonda y de un vial de servicio que con la rotonda forma una parcela destinada a dotaciones, pretendiéndose la traslación de la zona verde afectada al interior del polígono industrial.

La Modificación propuesta tiene por objeto:

La creación de una rotonda en la carretera N-629 para acceso al polígono industrial de Las Navas.

Creación de un vial de 13 metros de anchura con aceras laterales de 1, 5 metros, para el acceso del tráfico pesado desde el vial paralelo de servicio a la carretera N-629 al polígono Las navas, con previsión de radios de giro apropiados para el uso propuesto y salvando la rotonda anterior.

Cambio de uso del espacio libre público ocupado por el vial y rotonda anteriores con una superficie de 6.324 m2 a parcela calificada como suelo urbano industrial (IND) de propiedad municipal y actualmente sin uso, con igual superficie de 6.324 m2 y funcionalidad que la zona verde modificada.

Tercero. Por el Ayuntamiento de Medina de Pomar (Burgos), se solicitaron los informes indicados en el artículo 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 153 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba su Reglamento, siendo emitido por la Demarcación de Carreteras en Castilla y León Oriental en sentido favorable a la Modificación propuesta. No consta en el expediente la emisión y/o comunicación al Ayuntamiento del resto de informes solicitados antes de la finalización del período de información pública posterior al acuerdo de aprobación inicial, con lo cual deben entenderse emitidos en sentido favorable también.

Cuarto. El expediente ha sido sometido al trámite de información pública durante un mes, mediante la inserción de anuncios en el en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 172 de 6 de septiembre de 2005, en el 'Boletín Oficial de la Provincia de Burgos n.º 170 de 7 de septiembre de 2005 y en 'El Diario de Burgos' de 31 de agosto del mismo año, habiéndose presentado durante este período una alegación que fue informada en sentido desfavorable por parte de los Servicios Jurídicos Municipales, según consta en el certificado expedido por el Secretario de la Corporación en fecha de 23 de enero de 2006, acreditativo de la aprobación provisional.

Quinto. El Pleno del Ayuntamiento Medina de Pomar (Burgos) en sesión celebrada el día 12 de enero de 2006, acordó aprobar provisionalmente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de dicho término y la remisión del expediente debidamente diligenciado a la Dirección General de Vivienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, a fin de que procediese a su...

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