ORDEN PAT/832/2005, de 20 de junio, por la que se convocan ayudas para la creación y sostenimiento de oficinas de asistencia y asesoramiento a municipios y para la formación de Inventarios de Bienes de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León durante 2005

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/832/2005, de 20 de junio, por la que se convocan ayudas para la creación y sostenimiento de oficinas de asistencia y asesoramiento a municipios y para la formación de Inventarios de Bienes de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León durante 2005.

El artículo 4.º del Decreto 7/1985, de 31 de enero, de la Junta de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 7 de febrero de 1985), atribuye a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial la convocatoria pública de las ayudas para la creación y sostenimiento de las Oficinas de Asistencia y Asesoramiento a Municipios y para la formación de Inventarios de Bienes de Entidades Locales, dentro de los créditos aprobados al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

La informatización de la gestión administrativa de los servicios municipales, incluida la transmisión de datos y documentos sin necesidad del uso del papel, bien en soporte magnético, bien mediante correo electrónico, han permitido el acceso progresivo de casi todas las Entidades Locales a unos medios e instrumentos de trabajo que tienen la virtud de potenciar la eficacia de la gestión. En consecuencia, las demandas municipales de asistencia técnica han variado en razón de ese tratamiento informático. Es voluntad de esta Consejería encaminar las ayudas a las oficinas a sufragar en parte el coste del esfuerzo que están realizando las Oficinas de Asistencia y Asesoramiento de las Diputaciones Provinciales en tal sentido.

Además las dificultades en la gestión de los créditos destinados a la formación de Inventarios de Bienes de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, y el hecho de que algunas provincias tengan completamente satisfecha las necesidades en esta materia, hace aconsejable que se efectúe una única convocatoria dado que son las Oficinas de Asistencia y Asesoramiento, las que gestionan la contratación de dichos Inventarios de Bienes, en función de las carencias de los municipios.

Aprobada la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2005, procede efectuar tal convocatoria, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 122.2 de la Ley de la Hacienda de la Comunidad, se dicta la presente Orden con arreglo a las siguientes

BASES:

Base 1.' Objeto.

Se convocan, para el ejercicio de 2005, ayudas para gastos de creación y sostenimiento de Oficinas de Asistencia y Asesoramiento a Municipios y para la formación de Inventarios de Bienes de las...

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