Acuerdo de 27 de febrero de 2002, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Soria, por el que se deniega la Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual n.º 1 de las Normas Subsidiarias Municipales de Salduero, promovida por Eloísa Istúriz Muñoz. Expte.: 137/01.U.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 27 de febrero de 2002, de la Comisión Territorial de Urba nismo de Soria, por el que se deniega la Aprobación Definitiva de la ModificaciónPuntual n.º 1 de las NormasSubsidiarias Municipales de Salduero, promovida por Eloísa Istúriz Muñoz.Expte.: 137/01.U.

LaComisión Territorial de Urbanismo deSoria en Sesión celebrada el día 27 de febrero de 2002, visto el expediente y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO:

I. Con fecha 21 de marzo de 2001, el Ayuntamiento de Salduero remite un ejemplar y expediente de Modificación Puntual n.º 1 de las Normas Subsidiarias Municipales, a efectos de su aprobación definitiva.

II. Como quiera que el expediente carecía del trámite de los informes del artículo 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, por escrito de 29 de marzo de 2001, se pone en conocimiento del Ayuntamiento, a fin de que se cumplimenten dichos informes, e indicando que el expediente enviado se considera recibido a los efectos de solicitud del informe que tiene que emitir la Comisión Territorial de Urbanismo de conformidad con el artículo citado.

III. La Comisión Territorial de Urbanismo en su sesión de 4 de mayo de 2001, procede a emitir el informe del Art. 52.4, en sentido negativo.

IV. Igualmente, se remite al Ayuntamiento el informe negativo elaborado por la Sección de Espacios Naturales del Servicio Territorial de Medio Ambiente, el cual no ha sido adjuntado al expediente administrativo.

V. El 30 de noviembre de 2001, tiene entrada en el Registro de la Delegación Territorial, dirigido a la Comisión Territorial de Urbanismo, escrito del Ayuntamiento de Salduero, solicitando la aprobación definitiva de la Modificación de referencia, pero sin adjuntar los informes solicitados.

VI. A la vista de ello, se vuelve a requerir su cumplimiento, a la vez que se indica que el Ayuntamiento deberá, si procede, ratificarse en el acuerdo de aprobación provisional, así como que se adjunte al expediente el informe emitido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente.

Igualmente se devuelve el documento de la Modificación a fin de que sea diligenciado con la diligencia de aprobación provisional.

VII. La documentación requerida anteriormente es remitida por el Ayuntamiento el 20 de febrero de 2002.

VIII. El 23 de enero de 2002, se presentan los informes del Registro de la Propiedad, del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Excma.

Diputación Provincial y de laSubdelegación del Gobierno (Administración del Estado).

IX. Esta Modificación fue aprobada inicialmente en sesión extraordinaria del Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad, en fecha 7 de septiembre de 2000.

X. La aprobación inicial del expediente es sometida al trámite de información pública, durante un mes, mediante anuncios insertos en el 'B.O.P. de Soria' de 20 de noviembre de 2000, en el 'B.O.C. y L.' de 26 de diciembre de 2000, y en el 'Diario de Soria' de 19 de noviembre de 2000.

XI. Según consta en el expediente por Certificación de la Secretaria de la Corporación, durante el período de información pública no se ha presentado ninguna alegación.

XII. El 22 de febrero de 2001, el Pleno del Ayuntamiento acordó por unanimidad aprobar provisionalmente la modificación planteada.

XIII. Salduero se regula urbanísticamente mediante unas Normas Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente con fecha 4 de abril de 2000. Se trata de un documento no adaptado a la Ley 5/1999 de Urbanismo de...

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