ORDEN EYE/1371/2010, de 30 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de la contratación de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social, así como desempleados en general, en Centros Especiales de Empleo y en Empresas de Inserción.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

La persistencia de la actual crisis económica hace necesario adoptar nuevas medidas dirigidas a mantener y generar empleo. Estas actuaciones de carácter coyuntural están destinadas a combatir específicamente los efectos más desfavorables de la crisis sobre los trabajadores y las empresas de nuestra Comunidad.

Teniendo presente lo expuesto, por Acuerdo de 6 de mayo de 2010 de la Junta de Castilla y León, se aprueban Programas para estimular la creación y el mantenimiento del empleo y la protección de los trabajadores en el año 2010. Estos Programas pretenden facilitar a trabajadores el acceso a un contrato de trabajo, quedando vinculados al desempeño efectivo de una actividad productiva y a la mejora de la empleabilidad. Además se desarrollan medidas de protección a los trabajadores más afectados por las actuales circunstancias económicas, especialmente a aquéllos que han agotado las prestaciones por desempleo, teniendo también presente la igualdad entre hombres y mujeres, el ámbito rural y urbano y a colectivos con mayores dificultadas de inserción, como los trabajadores de larga duración o los jóvenes, las personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social.

En la presente Orden se establecen las bases del Programa de subvenciones a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción para la contratación de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social, así como de desempleados en general, durante un mínimo de 6 meses, por importe de 1.000.000 €.

Los artículos 6 y 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León exigen la aprobación de unas bases reguladoras para cada línea de subvención. No obstante, el procedimiento de concesión de subvenciones se iniciará mediante convocatoria aprobada por el órgano competente publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo Único Se aprueban las Bases Reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de la contratación de personas con discapacidad o en situación o riesgo

de exclusión social, así como desempleados en general, en Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción, que se incorporan como Anexo a la presente disposición.

Disposición final La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 30 de septiembre de 2010.

El Consejero de Economía y Empleo,

Fdo.: T omás V illanueVa R odRíguez

ANEXO

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD O EN SITUACIÓN O RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL, A SÍ COMO DESEMPLEADOS EN GENERAL,

EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO Y EN EMPRESAS DE INSERCIÓN

CAPÍTULO I

Base 1.ª- Objeto.

Las subvenciones indicadas en el Artículo Único, tienen por objeto financiar la contratación de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social, así como desempleados en general, en Centros Especiales de Empleo y en Empresas de Inserción.

Base 2.ª- Beneficiarios.

  1. - Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:

    a.- Las empresas de inserción laboral calificadas de conformidad con el Decreto 34/2007, de 12 de abril, por el que se regula el procedimiento de calificación de las empresas de inserción laboral y se crea su registro administrativo, que desarrollen su actividad en el territorio de Castilla y León.

    b.- Los centros especiales de empleo, que figuren inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de esta Comunidad, que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

    Además los beneficiarios de estas subvenciones deberán cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación, en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el...

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