ORDEN SAN/105/2011, de 11 de febrero, por la que se convocan subvenciones para la realización de congresos, simposios, jornadas o reuniones científicas de carácter sanitario, por parte de asociaciones, y cualquier otra entidad de derecho privado sin ánimo de lucro, en el marco de la política de I+D+I de la Junta de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I) en Castilla y León, establece entre sus fines, contribuir a la difusión y el aprovechamiento de los resultados de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, especialmente los generados en Castilla y León. Igualmente, la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, recoge entre los principios rectores del Sistema de Salud de Castilla y León, el fomento de la investigación en Ciencias de la Salud.

Con esta línea de subvenciones, la Consejería de Sanidad persigue fomentar e impulsar la realización de congresos, simposios, jornadas o reuniones científicas dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León, que contribuyan a avanzar en el ámbito de la investigación sanitaria y que repercutirán en última instancia en mejorar la prestación de los servicios sanitarios, tal y como se recoge en el III Plan de Salud de Castilla y León (2008-2012).

Esta convocatoria se efectúa al amparo de la ORDEN SAN/1723/2005, de 19 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de congresos, simposios, jornadas o reuniones científicas de carácter sanitario, en el marco de la política de I+D+I de la Junta de Castilla y León, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 247, de 26 de diciembre de 2005, modificada por la ORDEN SAN/2204/2008, de 22 de diciembre de 2008, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 248, de 24 de diciembre de 2008.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la ORDEN SAN/1723/2005, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, modificada por la ORDEN SAN/2204/2008.

RESUELVO:

Primero.- Objeto y finalidad de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es la financiación total o parcial, en régimen de concurrencia competitiva, de los congresos, simposios, jornadas o reuniones científicas de carácter sanitario, destinados a profesionales sanitarios, a celebrar en la Comunidad

de Castilla y León desde el 1 de noviembre de 2010 hasta el 10 de octubre de 2011 ambos inclusive, con el fin de fomentar la presentación y difusión de los últimos avances de interés científico-sanitario y la introducción de nuevas tecnologías en beneficio de una mayor calidad en materia sanitaria.

Segundo.- Crédito presupuestario e importe de la subvención.

  1. - La cuantía máxima de las subvenciones destinadas a la presente convocatoria será de noventa y siete mil quinientos euros (97.500 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.313B01.48080 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2011. Dicho crédito podrá ser modificado en función de las solicitudes y disponibilidades presupuestarias.

  2. - La cuantía de la subvención concedida no podrá, en ningún caso, ser superior a seis mil euros (6.000 €) por beneficiario, y se determinará en función de los criterios de valoración.

    Tercero.- Beneficiarios.

  3. - Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones, agrupaciones profesionales y cualquier otra entidad de derecho privado, que estén legalmente constituidas y que carezcan de ánimo de lucro.

  4. - En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Cuarto.- Actividades y gastos subvencionables.

  5. - Sólo se podrán subvencionar las actividades que se realicen en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y que se desarrollen entre las fechas 1 de noviembre de 2010 hasta el 10 de octubre de 2011, ambos inclusive.

  6. - Se considerarán gastos subvencionables los que estén directamente relacionados con la realización de la actividad que se correspondan con alguno de los siguientes conceptos:

    1. Gastos de desplazamiento, alojamiento y remuneración del personal ponente o conferenciante.

    2. Alquiler de salas y equipos informáticos, gastos de traducción o interpretación o

      cualquier otro similar.

    3. Gastos de publicidad y difusión del congreso o reunión.

    4. Material de imprenta, incluido el libro de publicaciones.

    5. Importe del premio al mejor trabajo o comunicación que se haya presentado.

      Quinto.- Solicitudes y documentación complementaria.

  7. - Las solicitudes se presentarán en instancia normalizada conforme al...

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