ACUERDO de 14 de junio de 2012, del Pleno del Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la modificación del artículo 4.6.6 –Usos Industriales– de las Normas Subsidiarias, de Santovenia de la Valdoncina (León).

SecciónVII - Administración Local
EmisorAyuntamiento de Santovenia de la Valdoncina (Leon)
Rango de LeyAcuerdo

El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 14 de junio de 2012, adoptó acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la modificación del artículo 4.6.6 -Usos Industriales- de las Normas Subsidiarias, redactado por Astorgano y Flórez Arquitectos SLP., en enero de 2012.

Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

No obstante con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación, ante el mismo órgano que ha dictado el acto que se impugna, recurso que se entenderá desestimado si en el plazo de un mes no se notifica la oportuna resolución, a efectos de interposición del correspondiente recurso contencioso administrativo, que habrá de interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 5/1999 de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León y artículo 175 del Decreto 22/2004 de 29 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

Como Anexo se publica la Memoria, haciendo constar que el Estudio de Detalle contiene además:

* Informe de sostenibilidad económica.

* Resumen ejecutivo.

* Anexos.

ANEXO: MEMORIA

1.1. ANTECEDENTES.

La Ley 4/2008 de 15 de septiembre, de Medidas de Urbanismo y Suelo de Castilla y León, es el precepto legal básico con el que se desarrolla este Estudio de Detalle de las Normas Subsidiarias Municipales, junto con los artículos recogidos en el Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

El instrumento de planeamiento vigente en el municipio de Santovenia de la Valdoncina son las Normas Subsidiarias Municipales, aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo con fecha 6 de julio de 1995, así como sus posteriores modificaciones.

Se pretende iniciar un expediente de Estudio de Detalle -a tenor de lo recogido en el apartado 3.5 INSTRUMENTO DE DESARROLLO. PLANES Y PROYECTOS 3.5.4 Estudios de Detalle de las Normas Subsidiarias vigentes.

La redacción de este Estudio de Detalle lo es respecto de la ordenación detallada de las Normas Subsidiarias Municipales vigentes para el término municipal de Santovenia de la Valdoncina.

El contenido del Estudio de Detalle lo es respecto de la ordenación detallada de las Normas Subsidiarias Municipales vigentes para el término municipal de Santovenia de la Valdoncina.

El contenido del estudio de Detalle se ajustará, como mínimo, a los extremos incluidos en el artículo 45 de la Ley 4/2008 de Medidas sobre Urbanismo y Suelo de Castilla y León.

Las determinaciones del Estudio de Detalle se deberán ajustar, como mínimo, a los documentos especificados en los Arts. 131 al Art. 136 ambos inclusive del Capítulo IV, Sección 1.ª del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

1.2. INICIATIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE.

La formulación del presente Estudio de Detalle de las Normas Subsidiarias Municipales se redacta por un grupo de técnicos en virtud del contrato de asistencia técnica suscrito entre el AYUNTAMIENTO de SANTOVENIA DE LA VALDONCINA y ASTORGANO y FLÓREZ ARQUITECTOS SLP.

1.3. OBJETO.

Los Estudios de Detalle son los instrumentos de planeamiento de desarrollo adecuados para concretar la ordenación detallada en Suelo Urbano, y pueden tener por objeto, en suelo urbano consolidado, completar o modificar las determinaciones de esta ordenación detallada.

En este caso, el presente Estudio de Detalle tiene sus inicios en el deseo del Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina de la misma de asumir los compromisos urbanísticos necesarios para que su normativa permita el desarrollo de más de una actividad en cada parcela, como sucede en el resto de las normativas vigentes en los municipios colindantes.

Por lo tanto, el objeto de este Estudio de Detalle es la intervención en el artículo 4.4.6 Uso Industrial, eliminando el apartado J) que limita a una única actividad empresarial o razón social por parcela.

Se limita a contener las determinaciones adecuadas a su específica finalidad, de entre las previstas en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León para el instrumento modificado.

1.4. COHERENCIA CON EL PLANEAMIENTO GENERAL.

En el término de Santovenia de la Valdoncina, el instrumento de planeamiento de rango superior son las Normas Subsidiarias Municipales, que a efectos de su desarrollo en Estudio de Detalle se basa en los parámetros establecidos el apartado 3.5 INSTRUMENTOS DE DESARROLLO. PLANES Y PROYECTOS 3.5.4 Estudios de Detalle, así como los especificados por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo de Castilla y León y su correspondiente Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

Según el artículo 132 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, establece que:

  1. - No pueden...

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