ORDEN CYT/1837/2005, de 12 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria efectuada por la Orden CYT/607/2005, de 4 de mayo, por la que se convocan subvenciones en materia de Turismo para Entidades Locales para los años 2005 y 2006

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN CYT/1837/2005, de 12 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria efectuada por la Orden CYT/607/2005, de 4 de mayo, por la que se convocan subvenciones en materia de Turismo para Entidades Locales para los años 2005 y 2006.

VISTAS las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria efectuada por la Orden CYT/607/2005, de 4 de mayo, ('B.O.C. y L.' n.º 88, de 10 de mayo), por la que se convocan subvenciones en materia de Turismo para Entidades Locales para los años 2005 y 2006.

Y VISTA la Propuesta de Orden de la Dirección General de Turismo, de conformidad con lo establecido en la Base Duodécima de la citada Convocatoria,

RESUELVO:

Primero: CONCEDER las subvenciones que se relacionan en el Anexo I con cargo a la aplicación presupuestaria 10.05.0751A01.760.12/0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2005 y la correspondiente de los Presupuestos para el año 2006, que igualmente se indican en el citado Anexo.

Segundo: DENEGAR las solicitudes de subvención que se relacionan en el Anexo II por las causas que, igualmente, se indican en el citado Anexo.

Tercero: De conformidad con lo establecido en el artículo 122.4 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en el artículo 27.1 de la Ley 10/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005, y en la Base Decimotercera de la Convocatoria, se concederán anticipos de las subvenciones otorgadas a aquellas Entidades beneficiarias que así lo soliciten.

Cuarto: De conformidad con lo establecido por la Base Decimocuarta de la Convocatoria, el plazo de justificación de las inversiones realizadas por los beneficiarios finalizará el 15 de octubre de 2006.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Cultura y Turismo en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en virtud de lo dispuesto...

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