RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2020, del Rectorado de la Universidad de León, por la que se anula y deja sin efecto la Resolución de 20 de enero de 2020, de la Gerencia de la Universidad de León, por la que se convoca concurso de traslados de personal de conserjerías de la Universidad de León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyResolución

Presentados escritos el día 31 de enero de 2020 por D.ª Ana Isabel Villoria Alfayate, D. Luis Ignacio Morán Bardón, D.ª Mabel García Porro, D.ª María Ángeles García Díez, D.ª Mercedes Zafrilla Martínez y D.ª Nicanora Pérez Rodríguez, y el día 7 de febrero de 2020 por D.ª Blanca Aurora García Díez, personal laboral fijo de la Universidad de León obligado a participar en el Concurso de traslados de personal de conserjerías de la Universidad de León, convocado por Resolución de 20 de enero de 2020, de la Gerencia de la Universidad de León (B.O.C. y L. del 27 de enero de 2020), en los que solicitan la paralización de la convocatoria y la declaración de nulidad de dicha resolución.

Teniendo en cuenta los siguientes antecedentes:

  1. - La convocatoria del concurso de traslados que se impugna resulta de la aplicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno del 19 de septiembre de 2019, sobre reestructuración de conserjerías, previo acuerdo de la Mesa de Negociación de la Universidad de León.

  2. - Las solicitudes de paralización de la convocatoria y de declaración de nulidad de la resolución por la que se convoca el concurso de traslados se fundamentan en los hechos, alegaciones y fundamentos de derecho que constan los escritos presentados, que se dan por reproducidos, y que pueden resumirse en los siguientes:

- Que algunas de las plazas convocadas no existen en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Laboral de la Universidad de León (en adelante RPT).

- Que 5 plazas aparecen en la convocatoria sin los complementos de Dirección y Jefatura que tienen definidos en la RPT.

- Que se ha incluido la plaza PL000148, ocupada actualmente en propiedad, en lugar de la plaza PL000151 que se encuentra vacante.

- Que se les ha informado, mediante correo electrónico, que los trabajadores pertenecientes al servicio de correturnos de conserjería están obligados a participar en el concurso, por una supuesta supresión de sus puestos de trabajo, de la que no tienen conocimiento, ya que no ha sido aprobada en Consejo de

Lunes, 17 de febrero de 2020

Gobierno ninguna supresión, o modificación de dichos puestos de trabajo, y no consta reflejada en la RPT.

- Que se incluye en la base quinta la cláusula 3.1, que contradice el baremo aplicable a la convocatoria, el cual reconoce el derecho de preferencia de los trabajadores en adscripción provisional por supresión de su puesto de trabajo.

- Que se vulnera el artículo 74 del Estatuto Básico del Empleado Público (aprobado...

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