DECRETO 26/2001, de 25 de enero, por el que se regulan los Resguardos de Depósito en la prestación de servicios a los consumidores.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 26/2001, de 25 de enero, por el que se regulan los Resguar dos de Depósito en la prestación de servicios a los consumidores.

El artículo 3 de la Ley 11/1998, de 5 de diciembre, para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León contempla entre los derechos básicos de los consumidores y usuarios la protección de sus legítimos intereses económicos y, en desarrollo del mismo, sus artículos 7.6 y 8.2 establecen la exigencia del resguardo de depósito como instrumento para la protección del consumidor o usuario en los supuestos en los que éste entrega o deposita un bien para que se efectúe sobre el mismo algún tipo de reparación o intervención.

El resguardo de depósito, como justificante del depósito del bien y del servicio solicitado o contratado, había sido objeto de regulación estatal de carácter sectorial para los servicios de reparación de aparatos de uso doméstico, los talleres de reparación de automóviles y los servicios de limpieza y teñido de artículos textiles, sintéticos y de piel. Su aplicación en dichos sectores ha demostrado la relevancia del resguardo de depósito para la efectiva protección de los consumidores y usuarios, previniendo situaciones de inferioridad o indefensión y facilitando la defensa de sus legítimos intereses económicos.

En base a este planteamiento, el presente Decreto pretende regular los resguardos de depósito como documentos informativos y justificativos de la entrega del bien y de las...

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