DECRETO 3/1993, de 21 de enero, por el que se reorganizan los Organos Superiores de la Administración de Castilla y León, creando en la Consejería de Cultura y Turismo la Dirección General de Educación.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 25-01-1993 Nº Boletín: 15 / 1993

DECRETO 3/1993, de 21 de enero, por el que se reorganizan los Organos Superiores de la Administración de Castilla y León, creando en la Consejería de Cultura y Turismo la Dirección General de Educación.

La Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, efectuó la transferencia de un bloque de competencias a las Comunidades Autónomas que accedieron a su autonomia por la via del artículo 143 de la Constitución, entre las cuales se halla la Comunidad Castellano - Leonesa.

El artículo 19 de dicha Ley Orgánica transfirió a esta Comunidad Autónoma «la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollan y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 309 del apartado 1 del artículo 149 y de la Alta Inspección para su cumplimiento y garantía».

Por otra parte, el artículo 1º. del Decreto 251/1991, de 22 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo, declara que compete a esta Consejería promover, proyectar, dirigir y ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y león, la politica educativa en el marco de las competencias transferidas a la Comunidad o que en su dia se transfieran relativas a dicha materia, previsión esta última que se ha cumplido con la entrada en vigor de la anteriormente citada Ley Orgánica 9/1992.

Consecuentemente, la ampliación competencial que se ha producido para esta Administración en materia de educación afecta a la Consejería de Cultura y Turismo, que se encuentra ante la necesidad de adaptar su estructura orgánica a la nueva situación en orden a asumir el ejercicio efectivo de las nuevas competencias.

La Ley de Gobierno y Administración de esta Comunidad Autónoma, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1988, de 21. de julio, establece en su artículo 33.1 que la creación de los órganos con categoria superior a Servicio, se llevará a cabo por Decreto de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del dia 21 de enero de 1993.

...... DISPONGO:

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