Decreto 119/2002, de 31 de octubre, por el que se modifica el Decreto 29/1992, de 27 de febrero, por el que se regulan las bases que han de regir en los concursos para la provisión de puestos de trabajo de carácter sanitario.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
  1. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL

D E C R E TO 119/2002, de 31 de octubre, por el que se modifica el Decre t o 2 9 / 1 9 9 2 , de 27 de feb re ro , por el que se regulan las bases que han de regir en los concursos para la provisión de puestos de trabajo de carác ter sanitario.

Por Decreto 29/1992, de 27 de feb re ro ('B. O.C. y L.' de 18 de marzo), se regulan las bases que han de regir en los concursos para la provisión de puestos de carácter sanitario, procediendo a dictar normas específicas adecuadas a las peculiaridades del personal sanitario, al amparo de lo establecido en el artículo 2.º2 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de Castilla y León, remitiéndose en lo no pr evisto a la normativa aplicable con carácter general al personal funcionario.

Las peculiares características de la función que realiza el pers o n a l sanitario, se concretan tanto en establecer especificidades en las formas de provisión como en dar respuestas inmediatas a las necesarias adaptaciones que demandan las estructuras de salud, garantizando la necesaria agilidad y continuidad de los servicios sanitarios.

La estructura básica del sistema sanitario de Castilla y León, conforme establece la Ley 1/1993 de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanit a rio de Castilla y León de acuerdo con las bases contenidas en la Ley General de Sanidad es el Área de Salud, siendo este ámbito terri t o rial el punto de re fe rencia en los procesos de mov i l i d a d, p rincipalmente orientados a aseg urar la continuidad en la prestación sanitaria en sus distintos niveles cuando las necesidades del servicio lo requieran.

Por Decreto 6/200 2 , de 10 de enero , se establecen y delimitan las D e m a rcaciones Asistenciales Sanitarias en las Zonas Básicas de Salud, l o que supone delimitar fo rmalmente y por vez pri m e ra el ámbito terri t o ri a l d e n t ro de cada Zona Básica de Salud donde desempeñarán las funciones asistenciales ord i n a rias cada uno de los pro fesionales integrantes del Equipo de Atención Pri m a ria.

Las 'Demarcaciones Asistenciales' así...

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