DECRETO 10/2012, de 22 de marzo, por el que se modifica el Decreto 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyDecreto

En el Recurso Contencioso-Administrativo n.º 777/2010 contra el Decreto 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento, se ha dictado Sentencia n.º 1138/11 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, estimando el recurso presentado.

Siendo firme la sentencia, de conformidad con establecido en los artículos 117.3 y 118 de la Constitución Española y 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa procede la ejecución de la misma.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de marzo de 2012.

DISPONE

Artículo único El artículo 19.2 del Decreto 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento, queda redactado como sigue:

2. Formarán parte del equipo técnico al menos, una persona titulada en Psicología y otra en Trabajo Social. Igualmente deberán contar con una persona licenciada en Derecho y otra titulada en Educación Social que podrán formar parte del equipo técnico de varios Puntos de Encuentro Familiar.

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