DECRETO 25/2014, de 19 de junio, por el que se modifica el Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

La Comunidad de Castilla y León tiene competencia exclusiva en materia de espectáculos públicos, entre los que se incluyen los espectáculos taurinos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.1.32º de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Las funciones y servicios inherentes a esta competencia fueron transferidas por la Administración del Estado mediante el Real Decreto 1685/1994, de 22 de julio.

El Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León, se creó con la finalidad de regular y ordenar el desarrollo de este tipo de festejos, de fuerte tradición en gran parte del territorio autonómico.

La Resolución de 12 de septiembre de 2012 de las Cortes de Castilla y León, aprobada como consecuencia de la presentación de una Proposición No de Ley instó a la Junta de Castilla y León a modificar el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares, con el objeto de que se puedan celebrar festejos taurinos tradicionales legalmente reconocidos, con motivo de congresos, ferias o reuniones, especialmente relevantes, que lleven aparejados, para su entendimiento y explicación, la práctica de espectáculos taurinos de esta naturaleza.

Por ello, procede la modificación del artículo 29 del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León, regulando el procedimiento para la celebración excepcional de espectáculos taurinos declarados tradicionales en distintas fechas a las establecidas en su reconocimiento, con motivo de eventos extraordinarios en los que se pretenda llevar a cabo actividades de naturaleza y características sustancialmente similares a las del espectáculo tradicional reconocido.

Por otro lado, teniendo en cuenta el Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se posibilita la teletramitación de la autorización de los espectáculos taurinos populares. Para ello se incorpora un nuevo artículo 25 bis en el que se establecen las formas de presentación de las solicitudes de autorización y se modifica la disposición adicional cuarta del decreto para indicar que los modelos estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León accesible a través de la dirección electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

La disposición adicional del presente decreto clarifica, de acuerdo con la actual distribución de competencias, cuál es la Consejería competente para ejercer las...

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