DECRETO 102/2005, de 22 de diciembre, por el que se reestructuran las Zonas Básicas de Salud de la Comunidad de Castilla y León.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 102/2005, de 22 de diciembre, por el que se reestructuran las Zonas Básicas de Salud de la Comunidad de Castilla y León.
Por Decreto 32/1988, de 18 de febrero, se estableció la delimitación territorial de las Zonas Básicas de Salud en el territorio de Castilla y León y se determinó el procedimiento a seguir para la reestructuración de éstas.
En concreto, el artículo 3.º del citado Decreto establece la posibilidad de reestructurar las Zonas Básicas de Salud, mediante la formulación de propuestas por parte de Ayuntamientos, Equipos de Atención Primaria y los Consejos de Salud, a iniciativa propia o de parte interesada, en atención a la concurrencia de nuevas circunstancias. Asimismo, la Administración regional podrá promover de oficio la reestructuración de las Zonas Básicas de Salud.
Como consecuencia de dicho precepto, los Decretos 44/1990, de 15 de marzo; 96/1991, de 25 de abril; 133/1992, de 16 de julio; 86/1993, de 15 de abril; 213/1998, de 8 de octubre; 220/2000, de 19 de octubre; 246/2001, de 8 de noviembre y 120/2004, de 25 de noviembre han venido modificando la ordenación territorial de las Zonas Básicas de Salud de la Comunidad de Castilla y León.
En este sentido, el apartado 5 del artículo 17 de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, establece que la aprobación y modificación de los límites territoriales de las Zonas Básicas de Salud corresponde a la Junta de Castilla y León.
Por todo ello, atendiendo a las nuevas circunstancias existentes y con el fin de conseguir una mejor accesibilidad de los ciudadanos a los servicios sanitarios, se aprueba, a través de este Decreto, una nueva reestructuración de las Zonas Básicas de Castilla y León, quedando asimismo modificados los Anexos de los decretos de reestructuración citados en el párrafo tercero de esta exposición de motivos, en los términos establecidos en el Anexo de la presente disposición.
Este Decreto se dicta en el marco de las competencias atribuidas a la Comunidad de Castilla y León en los artículos 32.1.1.' y 34.1.1.' de su Estatuto de Autonomía.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejería de Sanidad, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de diciembre de 2005
DISPONE:
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.
Valladolid, 22 de diciembre de 2005.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: JUAN VICENTE HERRERA CAMPO
El Consejero de Sanidad,
Fdo.: CÉSAR ANTÓN BELTRÁN
ANEXO
PROVINCIA DE ÁVILA
Zonas Básicas de Salud Urbanas
Reestructuración: Modificación de los límites geográficos de las Zonas Básicas de Salud Urbanas...
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