Decreto 120/2004, de 25 de noviembre, por el que se reestructuran determinadas Zonas Básicas de Salud de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 120/2004, de 25 de noviembre, por el que se reestructuran determinadas Zonas Básicas de Salud de la Comunidad de Castilla y León.

A tenor de lo dispuesto por Real Decreto 137/1984, de 11 de enero , d e l M i n i s t e rio de Sanidad y Consumo por el que se regulan las estru c t u ras básicas de salud y lo dispuesto en los artículos 62 y 63, de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, referidos a la división de las Áreas de Salud en Zonas Básicas de Salud, así como a los criterios establecidos p a ra su delimitación terri t o ri a l , el Decreto 32/1988, de 18 de feb re ro , ap robó la delimitación terri t o rial de las Zonas Básicas de Salud en el territorio de Castilla y León y estableció el procedimiento a seguir para la reestructuración de las mismas.

En concreto, el artículo 3.º del citado Decreto establece la posibilidad de reestructurar las Zonas Básicas de Salud, mediante la for mulación de propuestas por parte de Ayuntamientos, Equipos de Atención Primaria y los Consejos de Salud, a iniciativa propia o de parte interesada, en atención a la concurrencia de nuevas circunstancias.

Como consecuencia de dicho precepto, los Decretos 44/1990 de 15 de marzo, 96/1991 de 25 de abril, 133/1992 de 16 de julio, 86/1993 de 15 de abril, 213/1998 de 8 de octubre, 220/2000 de 19 de octubre y 246/2001 de 8 de noviembre, han venido modificando la ordenación territorial de las Zonas Básicas de Salud de la Comunidad de Castilla y León.

En este sentido, el apartado quinto del artículo 17 de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, establece que la aprobación y modificación de los límites territoriales de las Zonas Básicas de Salud corresponde a la Junta de Castilla y León.

Este Decreto ha sido sometido a la consideración del Consejo Regional de Salud, en cumplimiento de lo previsto en el apartado quinto del artículo 10 de la Ley 1/1993, de 6 de ab ri l , así como al trámite de info rma c i ó n p ú blica previsto en el último párra fo del artículo 3.º del Decreto 32/1988, de 18 de febrero.

El presente Decreto se dicta en el marco de las competencias de desarrol l o normativo y de ejecución que la Comunidad de Castilla y León tiene asumidas en materia de sanidad e higiene, promoción, prevención y res tauración de la salud en el artículo 34.1.1.' del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

En su virtud , la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejería de Sanidad, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Castilla y León, y pr evia deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 25 de noviembre de 2004:

DISPONE:

Artículo Único Se aprueba la reestructuración de las Zonas Básicas de Salud en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, c u yas modificaciones se incl u yen en el A n exo I del presente Decre t o .
DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogados los Anexos contenidos en el...

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