DECRETO 15/2013, de 25 de abril, por el que se crea y regula la Junta Rectora y Asesora del Monumento Natural y del Espacio Cultural de Las Médulas, en la provincia de León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

Las Médulas es un ejemplo excepcional de la construcción diacrónica de un paisaje fuertemente marcado por la intervención humana a lo largo de dos milenios. La comprensión de este complejo paisaje pasa por la integración de los diversos registros que, han interactuado e interactúan, en la construcción de los elementos visibles e invisibles y de su percepción a lo largo de la historia, para sus habitantes y sus visitantes.

Esta singularidad, en cuanto que testigo presente de un verdadero proceso histórico, ha sido puesta de relieve por instituciones locales, nacionales e internacionales, y constituye la base de su reconocimiento por la Junta de Castilla y León como lugar relevante para la Comunidad.

De conformidad con el artículo 4 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, el patrimonio histórico, artístico y natural junto con la lengua castellana son valores esenciales para la identidad de la Comunidad de Castilla y León, debiendo ser objeto de especial protección y apoyo, para lo que se fomentará la creación de entidades que atiendan a dicho fin.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a la Comunidad Autónoma, por un lado, en el artículo 70.1.31.ºd) la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad, sin perjuicio de la competencia del Estado para su defensa contra la exportación y la expoliación y, por otro lado, en el artículo 71.1.7.º y 8.º, la competencia de desarrollo normativo y ejecución, entre otras, en materia de protección del medio ambiente y de los ecosistemas, así como en materia de espacios naturales protegidos.

En este sentido, la Junta de Castilla y León, por un lado, tiene encomendada la protección, conservación, investigación, difusión y acrecentamiento de los bienes culturales y manifestaciones artísticas de la actividad humana que sirven como testimonio y fuente de conocimiento de la historia en su territorio, y por otro, tiene encomendada la labor de protección de los numerosos espacios naturales que, por sus características singulares y valores ecológicos, deben ser preservados del deterioro derivado de actividades económicas y comportamientos humanos desprovistos de sensibilidad medioambiental, que amenazan y, en ocasiones, rompen el equilibrio secular de los ecosistemas que sustentan.

Esta doble finalidad se materializa en la inclusión de Las Médulas en figuras de protección previstas tanto en la normativa en materia de patrimonio cultural como en la relativa al patrimonio natural.

Así, la singularidad y excepcionalidad de Las Médulas, desde la perspectiva cultural, fue reconocida ya en junio de 1931 cuando se procede a su declaración como Monumento Histórico Artístico, siendo avalada además con su inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO en diciembre de 1997. En 1998 se procedió a la adecuación de la declaración de Bien de Interés Cultural a la normativa vigente, con la declaración de Zona Arqueológica, y se amplió la zona protegida en 2007. Finalmente, por Acuerdo 128/2010, de 23 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, se declara Espacio Cultural el Bien de Interés Cultural denominado Las Médulas (León).

Por otra parte, y desde la perspectiva del patrimonio natural, la concurrencia de estas singulares características fue determinante para que la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, incluyese este área dentro del Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, con la denominación de Las Médulas, finalizando este proceso de singularización mediante la elaboración de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado mediante Decreto 101/2002, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural de Las Médulas, y su posterior declaración como Monumento Natural mediante Decreto 103/2002, de 1 de agosto. Por último, el Decreto 47/2003, de 24 de abril, por el que se regula la composición de la Junta Rectora del Monumento Natural de Las Médulas (León), establece la composición de la Junta Rectora del citado Monumento Natural, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 8/1991, de 10 de mayo.

Este proceso legislativo ha ido acompañado de una creciente sensibilización y apreciación social por este amplio y complejo conjunto de bienes materiales e inmateriales, que vienen a reflejar determinados rasgos vinculados a la identidad de un pueblo o comunidad, distinguiéndola, diferenciándola y contribuyendo a generar un sentimiento de cohesión social, así como de arraigo a un determinado territorio.

Se ha superado por tanto, aunque la contiene, la dimensión meramente visual o contemplativa, estática, del concepto de monumento natural o cultural, para definir unidades...

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