ACUERDO de 5 de julio de 2006, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Segovia, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Urbanísticas Municipales de Rebollo (Segovia), para reclasificación de las parcelas 8108902UL2680N y 81089001UL2680N de rústico común a urbano consolidado, promovida por el Ayuntamiento.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 5 de julio de 2006, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Segovia, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Urbanísticas Municipales de Rebollo (Segovia), para reclasificación de las parcelas 8108902UL2680N y 81089001UL2680N de rústico común a urbano consolidado, promovida por el Ayuntamiento.

La Comisión Territorial de Urbanismo de Segovia, en sesión celebrada el día 5 de julio de 2006, visto el expediente epigrafiado y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO:

I. El presente expediente tiene por objeto reclasificar las parcelas catastrales 8108902VL2680N y 810891VL2680N de Suelo Rústico Común a Suelo Urbano Consolidado.

En la Memoria se justifica la conveniencia de la presente modificación en base a las determinaciones establecidas en el artículo 23.1 a) del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León:

  1. Criterio de dotación de servicios.

  2. Criterio de consolidación.

  3. Criterio de previa urbanización.

II. La Modificación Puntual fue aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 20 de febrero de 2006.

III. Se dio cumplimiento al preceptivo trámite de información pública mediante anuncios insertos en el 'Boletín Oficial de la Provincia de Segovia', en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' y en un diario de mayor difusión de la provincia, no habiéndose presentado ninguna alegación durante este período.

IV. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.4 de la Ley 5/1999, se solicitaron y fueron emitidos informes por parte del Servicio Territorial de Fomento y la Diputación Provincial de Segovia.

Asimismo han sido solicitados y emitidos los siguientes informes sectoriales:

Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial de Medio Ambiente, con el siguiente contenido:

· No hay afección a montes de Utilidad Pública ni a vías pecuarias.

· La propuesta de modificación mencionada afecta a dos parcelas de Suelo Rústico Común colindantes con el casco urbano, que pasan a Suelo Urbano Consolidado, siendo suficientemente justificado en el expediente.

· Las parcelas objeto de la modificación se localizan dentro de Zona de Importancia par la Cigüeña Negra. No obstante, considerando que tales terrenos son colindantes al actual casco urbano de Rebollo, y el carácter extremadamente sensible a la presencia humana de dicha especie, se estima que las parcelas no serán utilizadas por la misma.

En consecuencia...

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