ORDEN AYG/1659/2006, de 19 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las organizaciones o asociaciones de razas autóctonas españolas de protección especial o en peligro de extinción.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/1659/2006, de 19 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las organizaciones o asociaciones de razas autóctonas españolas de protección especial o en peligro de extinción.

El Real Decreto 1682/1997, de 7 de noviembre ('B.O.E.' n.º 279, de 21 de noviembre), por el que se actualiza el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España, define como razas autóctonas de protección especial o en peligro de extinción aquellas que se encuentran en grave regresión o en trance de desaparición, habiendo sido incluidas en el apartado 1-2 del Anexo de dicha disposición.

Con la finalidad de evitar la desaparición en España de dichas razas ganaderas, el Real Decreto 997/1999, de 11 de junio sobre fomento de las razas autóctonas españolas de protección especial en peligro de extinción ('B.O.E.' n.º 140 de 12 de junio), establece las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por las Comunidades Autónomas, destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción. En este sentido, la Orden de 9 de julio de 1999, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se regula el procedimiento dirigido al reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de ganaderos de razas autóctonas en peligro de extinción ('B.O.C. y L.' n.º 139 de 21 de julio), instrumentó dicho procedimiento, a los únicos efectos de solicitar las ayudas reguladas por el Real Decreto 997/1999.

Por otra parte, la entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha modificado el régimen jurídico vigente en la materia, estableciendo una serie de normas básicas aplicables a todas las Administraciones Públicas, y por ello, la concesión de la presente línea de ayudas, ha de adaptarse a la mencionada Ley, para la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 997/1999, de 11 de junio, sobre fomento de las razas autóctonas españolas de protección especial en peligro de extinción.

En consecuencia, y oídas las Organizaciones Agrarias más representativas.

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR