ORDEN EDU/824/2013, de 14 de octubre, por la que se dispone la puesta en funcionamiento del centro integrado de formación profesional de Ponferrada (León).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

El esfuerzo por mejorar el ritmo de la implantación de los ciclos formativos de formación profesional y facilitar su impartición, unido al de completar las enseñanzas propias de formación profesional con la oferta de certificados de profesionalidad que faciliten el acceso al mercado de trabajo, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores y las de formación permanente dirigidas a la población trabajadora ocupada, se ha materializado en el Acuerdo 76/2013, de 10 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se crea el centro integrado de formación profesional de Ponferrada (León). La presente orden desarrolla y ejecuta el citado acuerdo concretando el comienzo de actividades y las enseñanzas a impartir en dicho centro.

Por ello en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de conformidad con lo establecido en el apartado tercero del Acuerdo 76/2013, de 10 de octubre,

RESUELVO

Primero.- Centro integrado de formación profesional.

El centro integrado de formación profesional de Ponferrada (León) (código: 24022432) comenzará a desarrollar su actividad en el curso 2013/2014, en el que implantarán los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y superior que se indican en el Anexo.

Segundo.- Desarrollo.

Se faculta a los titulares de las Direcciones Generales de Formación Profesional y Régimen Especial y de Recursos Humanos, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las resoluciones e instrucciones necesarias para la ejecución y desarrollo de esta orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 14 de octubre de 2013.

El Consejero,

Fdo.: J uan J osé M ateos o tero

ANEXO

- Ciclos formativos de grado medio y grado superior

Municipio

Centro

Familia Profesional

Grado

Ciclo formativo

Observaciones

Ponferrada

Centro Integrado de Formación...

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