ORDEN EDU/469/2010, de 7 de abril, por la que se convocan actividades formativas correspondientes al Plan de Formación para el profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional, a desarrollar en el año 2010, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone en su artículo 102.1 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las administraciones educativas y de los propios centros.

Por esta razón, la Consejería de Educación oferta anualmente un programa de formación para el profesorado de especialidades vinculadas a la formación profesional en la Comunidad de Castilla y León, que contribuye a la actualización curricular del profesorado y a la mejora de la calidad del proceso educativo de Formación Profesional.

La implantación para el curso 2010/2011 de nuevos ciclos formativos junto con los continuos cambios producidos en el sector productivo, obliga a abordar las necesidades detectadas en el aula respecto al desarrollo del currículo mediante ofertas de formación al profesorado en la modalidad de actualización científico-tecnológica.

Debido a la implantación de programas de cualificación profesional inicial durante el curso actual es necesario afrontar las necesidades detectadas, por lo que el plan de formación incorpora acciones formativas destinadas exclusivamente al profesorado que imparte programas de cualificación profesional inicial en las modalidades de iniciación profesional, taller profesional e iniciación profesional especial.

Estas actividades formativas se cofinancian con el Fondo Social Europeo al ser el refuerzo y la mejora de los sistemas de enseñanza y de formación una de las finalidades propias de este Fondo, de conformidad con el Reglamento (CE) 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo.

Por lo expuesto y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se convocan actividades formativas para el profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional a desarrollar en el año 2010, conforme a las siguientes

BASES

Primera.- Objeto.

1.1. El objeto de la presente Orden es convocar actividades formativas, a desarrollar en el año 2010, correspondientes al plan de formación para el profesorado de especialidades vinculadas a la formación profesional que, desglosadas por familias profesionales, figuran en el Anexo I.

1.2. Las actividades formativas convocadas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

1.3. Para asegurar el correcto desarrollo de las actividades formativas, se contará con la participación de coordinadores asociados a una o varias familias profesionales, designados por la Dirección General de Formación Profesional, que colaborarán en la definición y organización del conjunto de cursos correspondientes a cada una de ellas. Asimismo se contará con un director de curso para cada actividad formativa concreta.

Segunda.- Destinatarios.

2.1. Podrá acceder a los cursos convocados por esta Orden el personal docente que preste servicios en la Comunidad de Castilla y León que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

  1. Funcionarios en situación administrativa de servicio activo pertenecientes a los siguientes Cuerpos:

    - Cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria y de profesores de enseñanza secundaria adscritos a especialidades definidas y relacionadas con la formación profesional y cuerpo de profesores técnicos de formación profesional.

    - Cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, de profesores de enseñanza secundaria y de profesores técnicos de formación profesional diferentes de los titulares de las especialidades docentes de referencia, conforme al artículo 4 del Real Decreto 1834/2008 de 8 de noviembre, que impartan enseñanzas en ciclos formativos durante el curso académico 2009-2010.

    - Cuerpos de catedráticos de artes plásticas y diseño, de profesores de artes plásticas y diseño y de maestros de taller de artes plásticas y diseño, para los cursos específicamente dirigidos a ellos.

    - Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria adscritos a la especialidad de orientación educativa, que realizan sus funciones en centros en los que se imparte formación profesional, para los cursos específicamente dirigidos a ellos.

    - Cuerpo de maestros que impartan módulos relacionados con los cursos de la convocatoria.

  2. Funcionarios en prácticas pertenecientes a alguno de los cuerpos del apartado anterior.

  3. Personal interino perteneciente a alguno de los cuerpos del apartado a).

  4. El profesorado asimilado a las especialidades de formación profesional que imparta en el curso 2009-2010 enseñanzas concertadas en ciclos formativos o programas de cualificación profesional inicial, o mediante convenio en centros públicos dependientes de otras administraciones.

  5. El personal formador de entidades locales, centros educativos, y entidades privadas sin ánimo de lucro que en el curso 2009/2010 imparta programas de cualificación profesional inicial subvencionados, para los cursos específicamente dirigidos a ellos.

    2.2. Los interesados deberán reunir, además, los requisitos específicos que se exigen para cada uno de los cursos convocados y que figuran en la documentación relativa a los mismos que se podrá consultar en el portal de educación de la Junta de Castilla y León http://www.educa.jcyl.es/ y en las Direcciones Provinciales de Educación.

    2.3. Los solicitantes de estas acciones formativas se comprometen a impartir el módulo o los módulos que estén relacionados con cada uno de los cursos realizados.

    2.4. Los solicitantes que finalmente resulten seleccionados para la realización de acciones formativas aparecerán en la lista pública prevista en el artículo 7, apartado 2, letra d, del Reglamento CE 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006.

    Tercera.- Solicitudes y documentación.

    3.1. La solicitud, redactada conforme al modelo que figura en el Anexo II de la presente Orden y disponible asimismo en la sede electrónica ( http://www.tramitacastillyleon.jcyl.es ), irá dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educación y se presentará preferentemente en el registro de la Dirección Provincial de Educación respectiva, o bien por cualquiera de los demás medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se excluye la posibilidad de presentar las solicitudes en los registros de los centros docentes.

    3.2. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse de forma telemática. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos otros certificados electrónicos que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

    Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el apartado anterior reconocidas por la Junta de Castilla y...

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